¿QUE HAGO CON ESTE "COMPAÑERO"?

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¿QUE HAGO CON ESTE "COMPAÑERO"?

NotaAuthor: RAYOMAQUIN » Lun 29 Dic, 2008 15:12

Hola a todos los foreros y ante todo FELICES FIESTAS.
Os expongo mi duda y espero vuestros consejos:
Hay un elemento en la Unidad, que lleva de baja desde antes de que me incorporara, baja de larga duración. Para la Unidad y para mí, mejor, y que dure. La historia es que el tipo en cuestión, cuando le intentas localizar para notificarle cualquier escrito, nunca está localizable. Los partes de baja los trae fuera del horario de atención al ciudadano, con lo cual no hay nadie para darle las notificaciones. El colmo del asunto es que en sus visitas fuera de horario, algunas cosas menguan o desaparecen, nada sin importancia, folios y poco mas.
Mi pregunta es ¿hay algo escrito qe obligue a presentar el parte de baja en horario de atención al público?. Aunque esté de baja ¿está obligado a estar localizable? Yo creo que sí. Espero vuestras opiniones. GRACIAS Y FELIZ 2009.

RAYOMAQUIN
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Re: ¿QUE HAGO CON ESTE "COMPAÑERO"?

NotaAuthor: volcan » Mar 30 Dic, 2008 01:03

Orden General número 11, dada en Madrid a 18 de septiembre de 2007, sobre bajas para el servicio por motivos de salud

Artículo 3.- Competencias.

3.2 Los partes de baja, confirmación y alta podrán ser suscritos por el médico que asista al enfermo o lesionado, que obligatoriamente debe estar colegiado y pertenecer a los cuadros médicos de ISFAS o entidades colaboradoras, debiendo ser refrendados en el plazo máximo de 72 horas, por el Servicio de 6078 20 de septiembre de 2007 B.O.C. número 26 Asistencia Sanitaria de la Unidad de destino a la que pertenece el interesado, o de la demarcación en la que, por circunstancias especiales, se produce la baja.

3.3 Si el médico que asiste al paciente no extendiera el parte de baja, confirmación o alta, el interesado podrá recabar los mismos del médico encargado de la Asistencia Sanitaria de la Unidad a la que pertenece, o de la demarcación en la que, por circunstancias especiales, se produce la baja.


Artículo 4.- Derechos y obligaciones del personal incluido en el ámbito de aplicación.

4.3 El interesado deberá comunicar a su Jefe de Unidad, en caso de enfermedad o accidente, por si mismo o a través de una tercera persona, utilizando el medio más rápido a su alcance, la imposibilidad de prestar el servicio que pudiera correspondería. Así mismo, presentará la baja para el servicio, confirmación y alta, en las condiciones y plazos estipulados en la presente Orden.Igualmente deberá someterse a tos reconocimientos médicos o psicológicos, que los Servicios de Asistencia Sanitaria y Psicología estimen oportunos para el control y seguimiento de su insuficiencia temporal de condiciones psicofísicas, o cuando el mando de la Unidad considere, que por sus condiciones de trabajo, precise un reconocimiento médico o psicológico.


4.4 Los cambios de residencia estando en la situación de baja por insuficiencia temporal de condiciones psicofísica, se regirán conforme a lo dispuesto en la Orden General número 2, dada en Madrid el día 13 de enero de 2003, (B.O.C.número 2), sobre autorizaciones para residir en lugar distinto al del destino.

Artículo 6.- Trámite administrativo de los partes de baja, confirmación y baja para el servicio.

6.1 Si son extendidos por un facultativo del Servicio de Asistencia Sanitaria de la Guardia Civil, se procederá según lo dispuesto en el punto 5.1 de la presente Orden.

6.2 Si son extendidos por un facultativo ajeno al Servicio de Asistencia Sanitaria de la Guardia Civil, el original, la segunda y tercera copia se entregarán, por el propio interesado o persona que lo represente, en su Unidad de destino o en la Unidad de residencia temporal, dentro de los tres días siguientes al de la notificación de la indisponibilidad para el servicio o a la fecha de confirmación, y al día siguiente en los casos de certificación del alta.
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.

Artículo 21. Residencia y domicilio.

1. Siempre que se asegure el adecuado cumplimiento de las obligaciones profesionales, podrá autorizarse, en los términos y condiciones que reglamentariamente se establezcan, la fijación del domicilio en un municipio distinto del de destino.

2. El Guardia Civil tendrá la obligación de comunicar en su unidad el lugar de su domicilio habitual o temporal con objeto de facilitar su localización. En todo caso, se deberán facilitar los medios de localización que permitan a todo Guardia Civil atender puntualmente sus obligaciones profesionales.

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil.

Artículo 9. Faltas leves.

4. La infracción de las normas sobre el deber de residencia, la desatención del llamamiento para la prestación de un servicio, la no incorporación a su Unidad con la mayor prontitud posible cuando sea requerido para ello, así como la no comunicación a su Unidad del domicilio o los datos precisos para su localización o la colocación en situación de no ser localizado.
Última edición por volcan el Mar 30 Dic, 2008 01:27, editado 1 vez en total
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Re: ¿QUE HAGO CON ESTE "COMPAÑERO"?

NotaAuthor: volcan » Mar 30 Dic, 2008 01:16

Mis apreciaciones personales:

Un puesto, destacamento o unidad similar carece de un registro de entrada para gestiones "burocraticas" las 24 horas del dia, por tanto bien el afectado o bien la persona que designe deberia contactar para comprobar que momento, dentro del margen de los 3 dias siguientes a la firma del parte de confirmacion, se le puede recoger el documento. ¿quien se responsabilizaria si desaparece un parte de confirmacion?. Y todo esto maxime si no tiene servicio de puertas las 24 horas. Por todo ello y si te tiene que hacer llegar el parte de confirmacion directamente como Jefe de Unidad estas mas que capacitado para indicar que dia u hora te tiene que dar el documento. Y TE LO TIENE QUE HACER LLEGAR A TI (segun el articulo 4 de la OG de bajas, lo tendra que entregar al Jefe de la Unidad, y una confirmacion no es ni mas ni menos que una baja mas, por tanto esa obligacion persiste) y que yo sepa el JEFE DE UNIDAD no es la Unidad, es parte de ella. Si interesa y quieres , puedes interpretar la norma al pie de la letra ( como tantas veces lo hacen con nosotros por arriba y por abajo).

Igualmente al seguir siendo GC en activo sigue con la obligacion de estar permanentemente localizado y eso de manera real y efectiva. No sera la ultima ni la primera que en mi comandancia le hacen a uno "pasarse" a hacer gestiones.

Por otro lado en una ocasion similar un suboficial de mi unidad y ante un caso similar opto por hacer un oficio dirigido directamente al interesado, con nº de salida, sellado y firmado, con instrucciones u ordenes. Toda vez que el estar de baja de temporal no exime del cumplimiento de ciertas obligaciones ni te situa fuera del servicio activo. Este oficio se puede mandar por correo ordinario o entregar por la pareja directamente si viviera en la demarcacion, en este caso que le firme la copia. Si rechaza el correo, o no abre a la pareja pues tu veras. AHH¡¡ Y hazlo como dice el proced. admin. en dos dias diferentes y horas distintas. Y en ultimo extremo cuando aparezca a entregar el parte le das el oficio para el y que te firme el recibi.

Y luego esta el asunto de dar cuenta si te toca los bajos. Lo bueno de este regimen disciplinario, es que das cuenta y te desentiendes de todo, el adjunto o el Capitan hara el resto.

Y por ultimo, es penoso que TODOS LOS JERIFALTES pasen olimpicamente de las bajas y de las barbaridades que se cometen. En cierta medida nos obligan a caer a nosotros en la misma postura. Si ellos pasan ¿por que nosotros no? , al fin y al cabo somos nosotros quien bailamos con los mas feos y feas del barrio, ellos solo ponen la musica(militar, por supuesto). Pero si te puede mas tu obligacion, dar con todo lo gordo.
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Re: ¿QUE HAGO CON ESTE "COMPAÑERO"?

NotaAuthor: RAYOMAQUIN » Mar 30 Dic, 2008 10:32

Gracias VOLCAN. Eres un crack. Me has ayudado. Espero solucionarlo pronto. Lo peor es que aun le queda 1 año antes de que le abran el expediente sicofísico, si se lo abren. Así nos va en esta casa. Un Saludo y que pases Felices Fiestas.

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Re: ¿QUE HAGO CON ESTE "COMPAÑERO"?

NotaAuthor: ramonpechera » Mar 30 Dic, 2008 12:59

Cambia la cerradura de la oficina y que se joda

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Re: ¿QUE HAGO CON ESTE "COMPAÑERO"?

NotaAuthor: RAYOMAQUIN » Mar 30 Dic, 2008 15:25

[quote user="ramonpechera" post="5703"]Cambia la cerradura de la oficina y que se joda[/quote]

Gracias compañero, pero no me gustan esas medidas. Ya tuve que poner clave al ordenador y no me va, aunque alguno no merezca otra cosa. haré lo que expone VOLCAN, le voy a dar un oficio con las instrucciones necesarias para la entrega de papeleta de baja y estar localizable, y si no cumple...... Ya veremos, pero el talante se acaba. Un saludo.

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Re: ¿QUE HAGO CON ESTE "COMPAÑERO"?

NotaAuthor: valido » Mar 30 Dic, 2008 19:10

En mi trabajo no es la primera, ni la segunda vez que veo como algún caradura de ese perfil (hay verdaderos profesionales de la IT) tiene que retornar, con muchas facilidades y en cómodos plazos (pero devolver al fin y a la postre), todo lo abonado por el estado y la "empresa" durante los meses en que ha estado "simulando" una baja (incapacidad temporal) por mucho que ésta haya sido diagnosticada, firmada y confirmada semanalmente por el facultativo correspondiente.
Hay formas totalmente legales de articularlo, sea el caradura funcionario público, contratado laboral o trabajador por cuenta ajena del sector privado. Todo es conocer el motivo de la baja, pensar mínimamente, programar las medidas oportunos y proceder a ejecutarlas. Más no diré, pero fácil y sencillo es adivinar.
Las mutuas privadas se ahorran muchos miles de euros de esta forma.

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Re: ¿QUE HAGO CON ESTE "COMPAÑERO"?

NotaAuthor: VICRO » Mar 30 Dic, 2008 23:37

[quote user="volcan" post="5697"]Mis apreciaciones personales:

Un puesto, destacamento o unidad similar carece de un registro de entrada para gestiones "burocraticas" las 24 horas del dia, por tanto bien el afectado o bien la persona que designe deberia contactar para comprobar que momento, dentro del margen de los 3 dias siguientes a la firma del parte de confirmacion, se le puede recoger el documento. ¿quien se responsabilizaria si desaparece un parte de confirmacion?. Y todo esto maxime si no tiene servicio de puertas las 24 horas. Por todo ello y si te tiene que hacer llegar el parte de confirmacion directamente como Jefe de Unidad estas mas que capacitado para indicar que dia u hora te tiene que dar el documento. Y TE LO TIENE QUE HACER LLEGAR A TI (segun el articulo 4 de la OG de bajas, lo tendra que entregar al Jefe de la Unidad, y una confirmacion no es ni mas ni menos que una baja mas, por tanto esa obligacion persiste) y que yo sepa el JEFE DE UNIDAD no es la Unidad, es parte de ella. Si interesa y quieres , puedes interpretar la norma al pie de la letra ( como tantas veces lo hacen con nosotros por arriba y por abajo).

Igualmente al seguir siendo GC en activo sigue con la obligacion de estar permanentemente localizado y eso de manera real y efectiva. No sera la ultima ni la primera que en mi comandancia le hacen a uno "pasarse" a hacer gestiones.

Por otro lado en una ocasion similar un suboficial de mi unidad y ante un caso similar opto por hacer un oficio dirigido directamente al interesado, con nº de salida, sellado y firmado, con instrucciones u ordenes. Toda vez que el estar de baja de temporal no exime del cumplimiento de ciertas obligaciones ni te situa fuera del servicio activo. Este oficio se puede mandar por correo ordinario o entregar por la pareja directamente si viviera en la demarcacion, en este caso que le firme la copia. Si rechaza el correo, o no abre a la pareja pues tu veras. AHH¡¡ Y hazlo como dice el proced. admin. en dos dias diferentes y horas distintas. Y en ultimo extremo cuando aparezca a entregar el parte le das el oficio para el y que te firme el recibi.

Y luego esta el asunto de dar cuenta si te toca los bajos. Lo bueno de este regimen disciplinario, es que das cuenta y te desentiendes de todo, el adjunto o el Capitan hara el resto.

Y por ultimo, es penoso que TODOS LOS JERIFALTES pasen olimpicamente de las bajas y de las barbaridades que se cometen. En cierta medida nos obligan a caer a nosotros en la misma postura. Si ellos pasan ¿por que nosotros no? , al fin y al cabo somos nosotros quien bailamos con los mas feos y feas del barrio, ellos solo ponen la musica(militar, por supuesto). Pero si te puede mas tu obligacion, dar con todo lo gordo.[/quote]

VOLCAN, excelentes apreciaciones, coíncido contigo ¿por qué los Jerifaltes que correspondan no dan instrucciones concretas y específicas para acabar con esta lacra de supuestos "profesionales" de la caradura?. Despues criticamos el denominado "pensionazo", el que suscribe el primero pues los derechos que se han logrado a base de mucho tiempo y trabajo no pueden volver atras, pero de esos polvos estos lodos.
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Re: ¿QUE HAGO CON ESTE "COMPAÑERO"?

NotaAuthor: volcan » Mar 30 Dic, 2008 23:57

AHHH¡¡ Y si no le gustan las normas que le des relativo a entrega de los partes, siempre sera muy libre de solicitar el cambio de residencia, de esta manera los sucesivos partes los tendra que entregar en el puesto que corresponda. Seguro que alli "no campa a sus anchas" el rocinante ese y te quitas el marron.


Y por otro lado a colacion de todo esto, ¿que os parece la situacion de un teletabi verde que repentinamente se ha puesto malito, le han dado 4 dias de baja y curiosamente tenia el 31 tarde y el 1 mañana? Por de pronto y para cubrir las carreteras esos dias se ha cambiado el servicio a los dos guardias mas protestones y mas cabrones, informandoles que todo ha sido por que " se ha puesto malito" su "compañero". Asi que se han puesto que mordian, no me gustaria estar en el pellejo del "enfermito" cuando regrese el dia 3. Y por otro lado como es la segunda vez que se pone "malito" en circunstancias similares, y si sumamos que hace un mes se le pillo en un renuncio de irse 35 minutos antes de finalizar el servicio, todo ello nos arroja el resultado que a la proxima se le aplicara cariñosa y cuidadosamente en su pechito VICKSVAPORUB y en su OHHH JETE el famoso balsamo de fierabras (don Quijote preparaba una pócima mágica capaz de curar todas las dolencias del cuerpo humano. La pócima se llamaba el bálsamo de Fierabrás, porque según don Quijote, éste era el nombre del mago que la había inventado). Y de esa manera SE LE ACABARAN TODOS SUS MALES, RECOBRARA LA SALUD Y SERA UN ESPAÑOL DE PROVECHO.

Y PAZ, AMOR Y MUCHO RONSITO PARA ESTAS FECHAS TAN MAJAS, CACHONDAS, FAMILIARES Y JODIDAS CON LA PUÑETERA PAUTA.
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Re: ¿QUE HAGO CON ESTE "COMPAÑERO"?

NotaAuthor: VICRO » Mié 31 Dic, 2008 00:12

Técnica similar a la utilizada en Conducciones de Presos a nivel nacional, cuando uno de ellos se encierra en el baño y no quiere volver a su celda, se comunica al "caco jefe" de la conducción (o sea al malo, malísimo de todos ellos) que nadie sale al baño hasta que el "insumiso" de turno no vuelva a su "casita", ¡¡mano de santo!!, con cuatro frases del capo en cuestión el rebelde vuelve al redil y cuando llegan a destino ya se encargará de recordarselo al listillo en cuestión.

Estimado VOLCAN, lo lamentable de esta cuestión es que no solo afecta al teletabi de turno, está llegando a nuestro nivel, sin ir más lejos en mi Unidad se ha dado un caso de uno, y bien veterano, bien, pues por culpa de éste pájaro se ha variado todo el cuadrante y logicamente ha fastidiado los planes de todos los Suboficiales, desde el Subteniente más antigüo al Sargento más moderno.

Cuando el incubo regrese, ¡¡que regresará!!, lo mejor que podemos los Suboficiales es tomar unos vinitos con él para celebrar su venida y reirnos todos juntos, luego que diga que el por el Jefe que le tenía manía o porque tiene un trauma porque no sabe de que sexo son los ángeles, ¡¡¡no te jode!!.

FELIZ 2009 A TODOS, ¡¡¡MENOS A UNO, YA SABE ÉL QUIEN ES!!

PD.- Por cierto, el incubo NO es socio, ni puñetera falta que hace.
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Re: ¿QUE HAGO CON ESTE "COMPAÑERO"?

NotaAuthor: jeroguar » Dom 08 Feb, 2009 01:08

:shock:

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Re: ¿QUE HAGO CON ESTE "COMPAÑERO"?

NotaAuthor: VICRO » Dom 08 Feb, 2009 23:52

[quote user="jeroguar" post="7380"]:shock:[/quote]

:roll: ;-)
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