RESIDIR EN LUGAR DISTINTO AL MUNICIPIO DE LA UNIDAD

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RESIDIR EN LUGAR DISTINTO AL MUNICIPIO DE LA UNIDAD

NotaAuthor: BENEITOR » Sab 26 Sep, 2015 18:04

En 2013, en un artículo de la Pauta, ya se nos informaba a los asociados de ASES, que la obligación de residencia en la localidad de destino para los jefes de unidad tenía los días contados, sin embargo a fecha de hoy, si no estoy mal informado, sigue vigente la Orden General número 2, dada en Madrid, a 13 de enero 2003, sobre lugar de residencia, desplazamientos y localización del personal de la GC, que permite a los miembros de la Guardia Civil residir en otro municipio distinto al que radica la Unidad, siempre y cuando no haya pabellones vacantes en estado de habitabilidad, el solicitante no sea Jefe de Unidad y el lugar elegido para residir se encuentre a menos de 50 Km. de distancia del lugar donde radique su puesto de trabajo.

Por lo tanto, me gustaría saber si la Dirección General, de una vez por todas, va a modificar la legislación, para permitir que los Jefes de Unidad, incluidos los Jefes de Área, puedan disfrutar también del mismo derecho del que gozan el resto de Guardias Civiles.

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Re: RESIDIR EN LUGAR DISTINTO AL MUNICIPIO DE LA UNIDAD

NotaAuthor: ZOKI » Lun 28 Sep, 2015 18:44

Yo llevo 14 años haciéndolo, y ni tengo permiso, ni na, ni tampoco lo he pedido, pero se de algunos que lo han pedido y se lo han concedido.......

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Re: RESIDIR EN LUGAR DISTINTO AL MUNICIPIO DE LA UNIDAD

NotaAuthor: BENEITOR » Mié 30 Sep, 2015 19:21

Si es así Zoki, yo también lo voy a solicitar a ver si me lo conceden, espero que si.

Un saludo

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Re: RESIDIR EN LUGAR DISTINTO AL MUNICIPIO DE LA UNIDAD

NotaAuthor: mavf » Mié 30 Sep, 2015 21:42

BENEITOR, discrepo en que un Jefe de Area sea considerado Jefe de Unidad según la O.G. 2-2003, ya que, de entre otras cosas, el primero no lleva aparejado pabellón de cargo y el segundo, si es Cmte de Pto, sí.

Llevo 5 años teniendo residencia autorizada fuera del término municipal del destino, siendo Jefe de Area.
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