Buenos dias a todos... mi duda es la siguiente: En abril estuve 15 dias de permiso que me correspondian por contraer nupcias, a consecuencia de ello me voló la productividad de Jefe de Área (creo que es la E17) por haber trabajado solo 15 dias ese mes. ¿es esto correcto?, ¿a partir de cuantos dias sin ejercer esas funciones al mes deja de percibirse?¿pasa igual con el resto de permisos y vacaciones?¿me toca envainarmela correctamente o estoy haciendo el canelo por no recurrir?
Gracias a todos de antemano