MODIFICACIONES NORMATIVAS EN ESTUDIO
La reforma de la OG de productividad podría ampliarse a la necesaria motivación de la retirada de la estructural
Los jefes de destacamento de tráfico incluidos entre los destinos con un “plus de valoración” a la hora de puntuar en las evaluaciones para el ascenso.
En la reunión mantenida en la Dirección General del Cuerpo el día 26 de enero, a la que asistió ASES como única asociación representativa de suboficiales, se trataron diversos aspectos de las normas que están en trámite de modificación.
En cuanto a la reforma de la OG de productividad habrá de esperar a que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012 (probablemente a finales de marzo) consolide las partidas de productividad del año anterior y no haya rebajas pues no se quiere poner en marcha una reforma sin que exista presupuesto. La modificación sigue adelante y no se descarta que pueda tener efectos retroactivos desde enero una vez se aprueben los PGE y se consolide la partida de productividad.
En esta norma se ha tenido en cuenta la propuesta de ASES en cuanto a la motivación de la retirada de productividad estructural y puede incorporarse a la norma. En el sistema actual la productividad funcional se percibe siempre (“ex lege”) y para retirarla es necesario “proponer motivadamente” la no percepción (artículo 4.5 OG 10/2006). La productividad estructural es diferente, funciona al revés. Para percibirla debes alcanzar el grado de interés, rendimiento, iniciativa, etc… en el desarrollo del puesto de trabajo, te la tienes que ganar y si es así se te propone para percibirla (en funcional se te propone para no percibirla). Es decir, cuando no la cobras no es necesario fundamentar nada porque se te propone para cobrarla. La diferencia, aunque sutil, es muy importante.
ASES ha propuesto que la estructural siga los mismos derroteros que la funcional y sea necesaria la propuesta motivada de no percepción. Es muy probable que se contemple esta variación en la nueva Orden General. Si es así, habremos dado un paso más en eliminar la discrecionalidad en la retirada de productividad estructural, un paso importante.
No obstante la indicación de que la modificación de la OG de productividad estará exclusivamente circunscrita a las actualizaciones derivadas de la mejora de las condiciones del comandante de puesto, ASES ha propuesto las una serie de modificaciones para el caso de que los presupuestos sean benévolos y la Dirección General pueda ampliar sus horizontes de modificación:
• Crear una nueva modalidad de productividad estructural E-19 con el 100% de cobertura del CPT para incluir a los suboficiales de policía judicial e información.
• Añadir una nueva modalidad (epígrafe tercero) en la E-7 con referencia expresa a los suboficiales no incluidos en ninguna modalidad de estructural.
• Aumentar el porcentaje mínimo de propuestas de estructural que actualmente está en el 75% de cada familia hasta el 80%.
• Incluir a los jefes de destacamento de tráfico en la nueva E-18.
• Eliminar la referencia genérica al ejercicio del mando y labores de investigación como impedimento para la percepción de sobreesfuerzos por realizar servicios en horas nocturnas y festivas cuando no se perciba la productividad estructural.
• Subir a tres unidades de ISFN los días de sustitución en los descansos semanales cuando el sustituto sea un suboficial.
• En la productividad por objetivos hacer referencia expresa a que la baja en acto de servicio no sea tenida en cuenta en el cómputo de los 36 días a partir de los cuales no se percibe esta productividad.
MODIFICACIÓN DE ORDEN MINISTERIAL DE NORMAS PARA LA EVALUACION Y CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL
La vigente Orden Ministerial recoge los elementos que han de ser objeto de valoración y su entidad relativa. Para cada uno de ellos establece una puntuación máxima excepto en el concepto de “recompensas” (condecoraciones) y “destinos”. Esta puntuación resulta determinante en la obtención del coeficiente que corrige las puntuaciones obtenidas de los evaluados.
Para evitar distorsiones en la puntuación final se relativiza el valor de las “recompensas” al establecer una puntuación máxima en este concepto y en el de •”destinos”.
Actualmente se pueden alcanzar 160 puntos en cualquiera de los dos conceptos y con la modificación la puntuación máxima en el concepto de “recompensas” se deja en 60 puntos y la de “destinos” en 100 puntos.
Se establece igualmente un plus de valoración para determinados destinos, en un principio se sube de 0.12 puntos por mes de mando de un puesto a 0.20 y tras nuestra queja se ha incluido también a los jefes de destacamento de tráfico en los destinos con valoración de 0.20.
Por otra parte, se aumenta la ponderación en la valoración de recompensas, en concreto la medalla del Mérito de Seguridad Vial y de Mérito de Protección Civil.
También se acentúa la incidencia negativa de las sanciones disciplinarias en el resultado de las evaluaciones.
Se limita el carácter oficial de las condecoraciones a tener en cuenta y las que no posean un carácter individual.