CRITERIOS DAO APLICACION SEC 2ª OG 4/10

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CRITERIOS DAO APLICACION SEC 2ª OG 4/10

NotaAuthor: ADMINISTRADOR » Vie 14 Oct, 2011 08:35

CRITERIOS DAO APLICACIÓN SECCION 2ª OG 4/2010
Se puede denegar un permiso por asuntos particulares si hay que modificar un descanso semanal programado a otro miembro de la Unidad.

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La duración mínima de un servicio ha de ser de cinco horas.

El Director Adjunto Operativo de la Guardia Civil en un escrito remitido a todas las Zonas del Cuerpo matiza diversos aspectos de aplicación de la sección segunda de la Orden General sobre Jornada y Horario de los miembros de la Guardia Civil 4/2010.

En cuanto a la duración de los servicios se establece que la duración mínima ha de ser de cinco horas, no permitiéndose servicios continuados de menor duración aunque su objeto sea alcanzar el tiempo de servicio de referencia.

Se quiere favorecer al máximo la extensión de los descansos semanales de tal forma que no se haga un uso excesivo del tiempo mínimo (48 horas más las del último servicio prestado). Los servicios anteriores y posteriores, siempre que su operatividad lo aconseje, alargarán estos periodos de descanso semanal, criterio que se extiende también a otros periodos programados de descanso como las vacaciones.

Los descansos en fin de semana deben aumentar su frecuencia, la norma prevé sean uno de cada cuatro. En la medida de lo posible el DAO considera que estos descansos en fin de semana deberían de aumentar.

En fin, un reparto homogéneo de los servicios nocturnos y festivos en pro de la equidad y la variación mínima de los descansos semanales nombrados con anterioridad completan el elenco de criterios que los jefes de unidad deben tener en cuenta a la hora del nombramiento de servicio.

El DAO se moja en la denegación de los asuntos particulares; “será causa suficiente para denegar un permiso por asuntos particulares la necesidad, en caso de concederlo, de modificar el descanso semanal programado a otro miembros de la Unidad”.

AQUI PUEDES DESCARGARTE EL ESCRITO: http://www.asesgc.com/criterios-dao-apl ... df247.html

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Re: CRITERIOS DAO APLICACION SEC 2ª OG 4/10

NotaAuthor: ratapeluda » Vie 14 Oct, 2011 08:57

Al fin vemos luz al final del tunel............... :roll:
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Re: CRITERIOS DAO APLICACION SEC 2ª OG 4/10

NotaAuthor: ius » Vie 14 Oct, 2011 12:22

Pues según lo que está sucediendo en la comandancia de Vitoria el DAO no tiene mando suficiente, pues posterior a este escrito han regulado la duración de los descansos semanales y acumulados, firma el Jefe pero según dicen redacta el 3º, dejando los mismos en 48 ó 56 horas de máximo. Todo lo que supere estos periodos se nombran como Francos de Servicios, figura obsoleta a todos los efectos y con una definición de la misma un tanto manipulada y posteriormente interpretada a su manera, ya que según la Dirección Gral. Franco de servicio es todo tiempo transcurrido entre dos servicios y según la Comandancia de Vitoria es el tiempo transcurrido entre dos servicios sin que medie ninguna situación de no disponibilidad, y un descanso semanal no es situación de no disponibilidad.
Han regulado también los permisos por exámenes, tasando los permisos en horas, cuando siempre se estaban dando en todos los sitios el día completo.
Más recientemente regulan la concesiòn de los Asuntos particulares, obligando a la denegación de los mismos SIEMPRE que el cupo de vacaciones esté cubierto, aunque sobre gente para prestar servicio.
Y los que nos quedará por ver en no demasiado tiempo, contando además que la asociación no cuenta con representante alguno en la Comandancia.

Un saludo.
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Re: CRITERIOS DAO APLICACION SEC 2ª OG 4/10

NotaAuthor: mote » Vie 14 Oct, 2011 17:16

Este escrito tiene fecha de 18 de julio, en mi Puesto a 14 de octubre aún no ha tenido entrada, mucho me temo que se haya quedado en las Cabecera de Comandancia y no haya sido trasladado a los Puesto.
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Re: CRITERIOS DAO APLICACION SEC 2ª OG 4/10

NotaAuthor: pikolin » Vie 14 Oct, 2011 17:36

Sólo veo un pero al criterio que quiere imponer el DAO en cuanto a concesión de asuntos particulares se refiere. Una vez planificados los servicios mensuales es muy complicados conceder los AP pues si no afecta a los servicios, afectará a los descansos semanales del resto del personal. Lo que da a entender el DAO es que, antes de conceder un AP en detrimento de un descanso semanal, que se supriman los servicios que procedan. De no ser así no tendría ni pies ni cabeza, salvo que se estuviese en una unidad con amplia plantilla en la que poder suprimir servicios alegremente.
No sé, no sé...
[font=Arial]Envía tu reflexión, queja o sugerencia indicando tu número de socio a ASESGC: info@asesgc.com y HAZ GRANDE nuestra asociación.[/font] :shock:
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Re: CRITERIOS DAO APLICACION SEC 2ª OG 4/10

NotaAuthor: vargas007 » Sab 15 Oct, 2011 09:22

[quote user="mote" post="34596"]Este escrito tiene fecha de 18 de julio, en mi Puesto a 14 de octubre aún no ha tenido entrada, mucho me temo que se haya quedado en las Cabecera de Comandancia y no haya sido trasladado a los Puesto.[/quote]

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Re: CRITERIOS DAO APLICACION SEC 2ª OG 4/10

NotaAuthor: tanausu » Sab 15 Oct, 2011 21:06

En los puestos de mi compañía de la comandancia de Tenerife, NADIE sabía de la existencia de dicho escrito de la DAO. Manda webssss :x .

Un saludo.

Tanausú.
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Re: CRITERIOS DAO APLICACION SEC 2ª OG 4/10

NotaAuthor: yomismo » Sab 15 Oct, 2011 22:41

En Guadalajara se recibio, si no me equivoco (no estoy en el puesto para confirmarlo) a finales de julio.

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Re: CRITERIOS DAO APLICACION SEC 2ª OG 4/10

NotaAuthor: brosi » Dom 16 Oct, 2011 11:02

Y bien, nada nuevo bajo el sol. Y para llegar a estas conclusiones han tenido que pensarlo tanto tiempo. Han teindo que dajar como tontos a muchos Comandantes de Puesto, que con logica prudencia deciamos que no se podia conceder todo, por mucho que lo dijera una O. G..
Meses atras los oficiales concedian todos aquellos recursos de los Guardias, con tal que no se enfadasen, dejando desamparado al Comte Pto. Meses atras hubo casos en los que se anularon servicios para que los G-Civiles se fueran de AP el puente del Pilar.
Lo de siempre Oficial bueno, Suboficial malo, Oficial bueno, Suboficial malo. Este mantra lo llevan haciendo mucho tiempo
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Re: CRITERIOS DAO APLICACION SEC 2ª OG 4/10

NotaAuthor: vargas007 » Mié 19 Oct, 2011 23:22

Por favor alguien me puede explicar por qué oficialmente esos escritos no llegan a las Unidades....por qué me los tengo que bajar de esta página y no me llegan por conducto?? porque lo que leo en los escritos del DAO de las narices se parece a lo que me dice el imbécil de mi jefe lo mismo que un huevo a una castaña....
Debe ser prudente sin debilidad, firme sin violencia y político sin bajeza.- Fco. Javier Girón Ezpeleta Las Casas y Enrile.-
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