Se legitima el “sargento de cuartel” en la Guardia Civil al amparo de las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra
El Servicio de Información también esta obligado a realizar este servicio
La Zona de Cataluña ha dado luz verde al establecimiento de guardias de orden a los brigadas y subtenientes incluso si se trata de miembros del servicio de información a pesar de la Orden General 10/2008 cuyo artículo 7.4 dispone que “El personal encuadrado en el SIGC será empleado exclusivamente en servicios y cometidos propios de su especialidad y acordes con su misión, sin ser distraído para cumplir funciones diferentes a las peculiares de ésta, salvo que por necesidades del servicio extraordinarias sean autorizadas expresamente por el General de la Jefatura de Información o el General Jefe de la Zona”.
En la Zona de Cataluña tienen claro que el servicio de guardia es absolutamente compatible incluso en información y que además redundará en las labores desempeñadas en la especialidad.
Las guardias de orden tienen como finalidad garantizar la continuidad e inmediatez en la acción del mando durante la ausencia de éstos y, curiosamente, se nombran como una guardia de localización sin que requiera presencia física pero sí una disposición inmediata en caso de necesidad.
Es importante y muy significativo que la actual regulación sobre Jornada y Horario de Servicio (OG 4/2010) haya desterrado estas guardias a diferencia de lo que hacía su antecesora la Orden General 37/1997. Tampoco se hace referencia a estas guardias en la normativa de productividad y sobreesfuerzo que ha eliminado las normas sobre su cómputo
La compatibilidad entre las funciones propias del destino que se ocupa y el servicio de guardia sólo viene establecido en las RROOET para el Capitán de Cuartel.
El cómputo de las horas de servicio para las guardias de la Orden General 1/1998 fue derogado por la Orden General de Productividad 10/2006 en la que sólo se contemplan una serie de guardias tasadas de servicios que son retribuidas. Es decir, estamos ante un servicio que no existe a la hora de determinar los sobreesfuerzos y productividad.
Lo curioso del caso es que se declaran de aplicación preferente a las normas internas, a pesar del conflicto evidente, la normativa del Ejército de Tierra (RROOET) en virtud del principio de jerarquía normativa al tener las RROOET rango de Orden Ministerial.
En definitiva, en la Guardia Civil se da carta de naturaleza al “Suboficial de Cuartel” eso sí sin cuarteleros ni imaginarias, estableciendo una guardia de localización (¿) que no está amparada por la normativa interna que no cuenta a la hora de la productividad o de los sobreesfuerzos.
Por supuesto que ASES llevará a los tribunales la resolución por considerarla absolutamente contraria a derecho y, sobre todo, por la obstinación en mantener y consolidar estructuras militares decimonónicas que nada aportan en los tiempos actuales.
Mientras, en el Colegio de Guardias Jóvenes de Valdemoro han quitado la banda de tambores y cornetas.