DESTINOS POR NECESIDADES DEL SERVICIO
Anulada la Resolución por la que se asignaron vacantes en Intervenciones de Armas en noviembre de 2007
Por resolución del Director General de la Policía y la Guardia Civil de 27/11/2007, se asignaron una serie de destinos por unas supuestas necesidades del servicio, amparándose en lo estipulado en el art. 77 de la Ley 42/1999. Como justificación a dicha medida excepcional, la Dirección General alegaba una presunta dificultad para cubrir las vacantes existentes en diversas intervenciones de armas que presentaban dificultad para su ocupación ante la falta de peticionarios. Hasta ahí el argumento parecía muy lógico, pero sin embargo, lo que no refería la DGPGC en su resolución era que, escasos meses antes, habían obtenido la aptitud los alumnos del XIX Curso Básico de Especialización sobre Armas y Explosivos, a los que no se había permitido solicitar dichas vacantes en la normal provisión por antigüedad y méritos. De este modo, lo que daba la apariencia inicial de ser una media ajustada a derecho y a las necesidades del servicio, se convertía de facto, en una medida de todo punto arbitraria, presuntamente orientada a la colocación, a dedo, de los favoritos del mando, en unas vacantes, que se hurtaban a sus peticionarios naturales, con la consiguiente frustración de las legítimas expectativas de estos últimos y que en algunos casos llegaban también a asignarse con carácter forzoso a especialistas que no las deseaban ocupar.
Impugnada dicha resolución por Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, ha anulado la misma en sentencia que declara la arbitrariedad de la actuación de la administración, al haberse privado a una promoción entera de especialistas de intervención de armas, de la solicitud de sus vacantes naturales.
Será interesante el ajuste de plantillas que tendrá que operar la DGPGC para dar cumplimiento a la sentencia recaída, ya que deberá convocar la totalidad de las vacantes asignadas por la resolución de de 27/11/2007, que en la actualidad se encuentran cubiertas.
La resolución puede ser consultada en el apartado de sentencias de www.suarezvaldes.es.