Author: ADMINISTRADOR » Sab 15 Ene, 2011 11:59
ASESGC denuncia el incumplimiento de la Orden General de Jornada y Horario en la Comandancia de León
El Teniente Coronel distingue los servicios de los comandantes de puesto que no sean de la categoría de oficial
El 26 de mayo de 2010 el Teniente Coronel Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de León dictó por escrito unas normas “del servicio de los comandantes de puesto, jefes de las PTT,s y jefes de área que no sean oficiales”.
En las normas se establece el suboficial de servicio desde las 15 horas del sábado hasta las 8 horas del lunes, que deberá atender las incidencias que requieran su presencia en el Núcleo Operativo. Pues bien, en algunas compañías de León, por ejemplo Ponferrada y Villablino, se obliga al suboficial de servicio a salir de patrulla rutinaria el viernes por la tarde, el sábado por la mañana y por la noche y el domingo por la tarde, sin que exista, a priori, ningún operativo específico que haya que impulsar o controlar, ni otros en los que el suboficial aporte un valor añadido de mando. Una situación sin duda abusiva y que no respeta la finalidad y espíritu del suboficial de servicio: garantizar el descanso de los jefes de unidad.
El hecho de que la norma distinga entre los servicios de los comandantes de puesto que no sean de la categoría de oficial conculca claramente la Orden General 4/2010 que establece taxativamente: “…novedad importante de estas normas sobre servicio para este personal que ejerce mando es su aplicación directa a los miembros de la Escala de Suboficiales en las mismas condiciones que los de las demás escalas de mando y en especial, a los Comandantes de Puesto y Jefes de Destacamento, que desarrollan actividades esenciales para el servicio.”
Para el Teniente Coronel de la Comandancia de León, el servicio de los comandantes de puesto que no sean de la categoría de oficial debe abarcar a lo largo del mes las 24 horas del día debido al mayor compromiso con la Institución y obliga a realizar al menos cuatro noches al mes y a desarrollar su servicio en una proporción de 30-35% por la tarde. Para colmo, liga la percepción de la productividad estructural E-13 a que el servicio diario se desarrolle en más de un tramo horario (6/14 – 14/22 – 22/6). El descontento entre los suboficiales de León por el reparto de la productividad es mayúsculo y alguno de ellos en 2010 estuvo cuatro meses sin cobrarla.
El hecho de que la norma dictada por escrito en octubre sea anterior a la entrada en vigor de la Orden General 4/2010 (1 de noviembre) no ha sido obstáculo para su mantenimiento puesto que sólo modificó el apartado correspondiente a la duración del descanso semanal tras la entrada en vigor de la OG 4/2010, manteniendo la contradicción entre estas normas y la citada Orden General que es clara en estas cuestiones.
Puesto que las normas están para cumplirlas, ASES ya ha solicitado de forma urgente una reunión con el General Jefe de la Zona de Castilla y León para reconducir esta situación.