DIETAS COMISION SERVICIO TRAS ASCENSO

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DIETAS COMISION SERVICIO TRAS ASCENSO

NotaAuthor: ADMINISTRADOR » Dom 26 Dic, 2010 21:18

SENTENCIA TSJ MADRID
Dietas en comisiones de servicio ordenadas tras ascensos
LA GUARDIA CIVIL CONDENADA AL ABONO

Gabinete Jurídico de ASES, informa de la obtención por parte de su área de Derecho Contencioso – Administrativo, especialista en Derecho policial y de la Guardia Civil, de una sentencia que condena a esta al pago de la dieta completa para territorio nacional, a un recurrente, miembro de la Guardia Civil, recién ascendido al empleo superior y que fue inmediatamente comisionado a su anterior destino, pese a tener un empleo superior al que venía desarrollando en el mismo.

La Guardia Civil viene procediendo en los últimos tiempos a comisionar a los recién ascendidos de todos los empleos en sus anteriores destinos, en espera de la concesión de las vacantes del nuevo empleo. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha evacuado una sentencia que reconoce el derecho de la Guardia Civil a dicha práctica, pero que reconoce también el derecho del afectado a resultar indemnizado con la dieta completa, con motivo de la comisión encomendada, con efectos retroactivos a la totalidad del periodo de duración de aquella.

La indemnización a abonar al actor en este caso rondará los 25.000 € ya que el periodo de retención en su anterior destino ascendió a 8 meses. En este sentido recordamos las cantidades diarias establecidas en concepto de dieta por el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio

La novedosa línea jurisprudencial sentada animara a todos los suboficiales comisionados en sus antiguas unidades tras su ascenso, a exigir el pago de las correspondientes cuantías adeudadas a razón de 103,37€ al día, cuantías a las que se deberán añadir los intereses.

Para que el procedimiento resulte viable se deberá solicitar residencia autorizada fuera del término municipal donde radique el anterior destino.

El gabinete jurídico de ASES pone a disposición de todos sus asociados una instancia que se podrá descargar en http://www.asesgc.com/instancia-solicit ... df185.html o en la página web http://www.suarezvaldes.es/descargas.php, donde también se podrá consultar la sentencia estimatoria.

Te recordamos que recurrir con ASES no tiene coste, sin gastos de procurador, sin gastos de notario y sin gastos de abogado. Reclama totalmente gratis.

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Re: DIETAS COMISION SERVICIO TRAS ASCENSO

NotaAuthor: ratapeluda » Dom 26 Dic, 2010 21:59

Entiendo que los que pertenecemos a la XXXI promociòn, tenemos derecho a solicitarlo...........................??????????????

Un saludo y felices fiestas
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Re: DIETAS COMISION SERVICIO TRAS ASCENSO

NotaAuthor: ratapeluda » Dom 26 Dic, 2010 22:24

¿Hay alguien de la XXXI promociòn que ya lo haya solicitado?
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Re: DIETAS COMISION SERVICIO TRAS ASCENSO

NotaAuthor: padre prior » Lun 27 Dic, 2010 14:17

[quote user="ratapeluda" post="29079"]¿Hay alguien de la XXXI promociòn que ya lo haya solicitado?[/quote]

Yo soy de la XXXI y la voy a solicitar.No se como acabará la cosa.
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Re: DIETAS COMISION SERVICIO TRAS ASCENSO

NotaAuthor: ratapeluda » Lun 27 Dic, 2010 14:23

Gracias, padre prior.............. pero cumples los requisitos que vienen en el escrito???
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Re: DIETAS COMISION SERVICIO TRAS ASCENSO

NotaAuthor: luism69 » Mar 04 Ene, 2011 17:50

Perdonar, no he leido la sentencia, cuales son los requisitsos que hay que cumplir? yo soy de la XXXI y he estado mas de tres meses comisionado. Un saludo

luism69
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Re: DIETAS COMISION SERVICIO TRAS ASCENSO

NotaAuthor: Raven » Lun 10 Ene, 2011 21:04

Yo entiendo que si no has solicitado cambio de residencia a otra localidad distinta de tu anterior destino al que te comisionaron al ascender, no hay na que hacer.
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