Denegar Asuntos Particulares.

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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: EDREMU » Mié 29 Dic, 2010 22:31

Cartucho 52: como tenías prisa te expuse una forma de denegar y comunicar la denegación del permiso solicitado; a la vista de lo expuesto por los otros compañeros creo que en mi post intenté dejar claro los siguientes puntos.

Primero: se deniega por perjuicio del servicio, no por perjuicios a tercero (le devuelves una copia al interesado informándole que no puedes concederle el permiso aduciendo perjuicio del servicio y para ahorrar papel del que estamos escasos en la parte posterior de la copia explicas)

Segundo: el servicio de tu Unidad estaba previsto para el mínimo imprescindible, por lo que cualquier concesión rompería ese mínimo imprescindible y por efecto perjudicaría al servicio. ¿Cual es el mínimo imprescindible? pues ya te dije que desconozco las caracteristicas y circunstancias de tu Unidad pero yo suelo tomar el criterio expuesto en la Orden General... no me acuerdo del título... sobre criterios de actuación y.... clases de Puestos, esa donde vienen que existen Puestos Principales, clases A,B, C, Auxiliares y en un anexo definen la plantilla mínima de cada uno ; el mío tiene más de quince miembros y debe estar en disposición de mantener como mínimo una patrulla en línea de servicio los tres turnos del día; por lo que si como consecuencia del asunto particular solicitado no tengo forma de mantener el mínimo de presencia, pués lo deniego, hay otros de menor plantilla que se agrupan en nucleos operativos pues el mínimo sería el nombrado en el Plan de Compañía.

Tercero: a colación con el párrafo anterior me podrías decir que quitase el Descanso a un tercero para poder dar el día de asuntos; pués ya te digo el motivo por el que no hago ese trueque; a no ser que sea por causas de fuerza mayor (estado de necesidad) que realmente la solicitud del día de asuntos sea por algo importante, ya buscaríamos la solución, normalmente hablando entre compañeros se solventa el asunto (en ese caso hago un poco de celestina).

Cuarto: en cuanto lo que te digan desde tu Comandancia hazte a la idea que quién tiene que resolver eres tu y hablar no cuesta trabajo y donde dije digo ahora digo diego. Si hay directrices de la Comandancia lo lógico es que te las hagan llegar por escrito, ya ves, la Orden General la da el Director General del Cuerpo y es una orden escrita y publicitada.

Todo ello, la idea principal es que si puedes dar el permiso lo des, pero si tienes que denegarlo lo hagas siempre porque perjudica al servicio y no tienes otra opción.

Un saludo.

EDREMU
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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: cartucho52 » Mié 29 Dic, 2010 22:59

buenas Edremu, podría ser otra solucion reunir al personal y comentar que si se siguen pidiendo AP coincidiendo con un servicio especifico nombrado, éste servicio se va a reforzar para suplir la falta de personal?. Saludos

cartucho52
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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: cartucho52 » Mié 29 Dic, 2010 23:03

al hilo de lo anterior, Edremu, en mi unidad estamos 30 existe la posibilidad de reforzar algún servicio, pero por otro lado me surge la impotencia de que de esta manera cargamos por ejemplo de noches (se pasaria de realizar de 3 a 6 por componente) a personal que no da problemas.

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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: RAYOMAQUIN » Jue 30 Dic, 2010 00:29

[quote user="cartucho52" post="29151"]al hilo de lo anterior, Edremu, en mi unidad estamos 30 existe la posibilidad de reforzar algún servicio, pero por otro lado me surge la impotencia de que de esta manera cargamos por ejemplo de noches (se pasaria de realizar de 3 a 6 por componente) a personal que no da problemas.[/quote]

Vamos a ver si me he enterado, ¿un G.C. tiene noche nombrada, pide A.P. y se va?, Creo que hay algo que no entiendo, para librar una noche tendrás que gastar 2 A.P. porque si solo utilizas uno, o lo usas en el entrante o en el saliente. Entonces, yo le ubico donde no ha pedido.
Para el amigo Malvivo, yo echo toda la imaginación que quieras, pero hay cosas con las que no trago, y si lees bien, he puesto la palabra MOTIVADA en la resolución. Yo ni cambio el cuadrante ni llamo a nadie, si puedo quitar la patrulla la quito y si no, no hay A.P.

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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: EDREMU » Jue 30 Dic, 2010 01:21

Cartucho 52: si tienes capacidad para reforzar servicios en días determinados también la tienes para poder conceder los días de asuntos propios. El problema viene cuando no tenemos plantilla disponible suficiente como creo que nos ha pasado a la mayoría el mes de diciembre y en enero que ya es definitivo.

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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: cartucho52 » Jue 30 Dic, 2010 21:59

efectivamente yo tengo plantilla para hacer el servicio siempre que le altere a un tercero su previsión, esa es mi duda, logicamente si no hay nadie más para realizar la noche del que me pide AP se la deniego por necesidades del servicio, pero mi duda es saber si una denegacion por necesidades del servicio está justificada si un tercero alterandole su prevision podría realizar el servicio.

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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: EDREMU » Vie 31 Dic, 2010 18:49

"Las previsiones mensuales de servicios reguladas en el párrafo anterior podrán sufrir alteraciones justificadas por las necesidades del servicio o por motivos de fuerza mayor. Sólo podrán establecerse variaciones en las fechas previstas de disfrute del descanso semanal, cuando la aplicación de otras medidas organizativas no resulte suficiente, en cuyo caso deberá comunicarse dicha variación al interesado con la mayor brevedad posible tras la modificación." (viene de la O.G.)

La previsión del servicio es eso UNA PREVISION, cuando la varies ajustate a la norma.

¿Que haces cuando alguien se te dá de baja? situación de no disponibilidad, REORGANIZAS EL SERVICIO. El permiso por asuntos particulares también conforma una situación de no disponibilidad; yo no tendría dudas en concederlo si tengo cubierto el mínimo indispensable.

En cuanto a lo mal que la situación le pueda caer a quién tiene que entrar de noche, ya lo saben ellos sin que tu tengas que mediar, un día por mí y otro por tí.

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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: PROTOS » Vie 31 Dic, 2010 19:46

[quote user="malvivo" post="29147"][quote user="RAYOMAQUIN" post="29132"][quote user="carolo" post="28979"]hola a todos. me gustaría saber si hay alguien que tenga algún escrito para denegar los días por asuntos particulares, en fechas próximas quizas lo tenga que utilizar. GRACIAS Y FELIZ NAVDIDAD.[/quote]
Te voy a dar una pincelada de lo que yo haría. Si el servicio es de Compañía: DENEGADO POR NECESIDADES DEL SERVICIO. No puedes replantear el cuadrante por las peticiones de asuntos particulares. La Ley de derechos y deberes (una ley, no una O.G.) habla de la conciliación de la vida laboral y familiar. Para que concilie uno no vas a desconciliar a diez. EDREMU tiene razón. Fundamenta la denegación y a otra cosa mariposa. Si quiere que se dé de baja. Yo no suspendo una patrulla de area por A.P., ni llamo a nadie para que haga el servicio, ya lo sabe todo el mundo, el que pida en esas condiciones, DENEGADO, y no es el primero.[/quote]

Cuanto derroche de imaginación¡¡¡

Me gustaría saber que harías tú si te denegaran los asuntos particulares tu Jefe de compañía.

Las necesidades del servicio han de ser motivadas, y de forma concreta. No vale alegarlas sin más.

Si solo tienes una patrulla por la noche, planificada, y alguno de los componentes solicita AP, lo cual está en su perfecto derecho, lo que no puedes o no deberias según mi modesta opinión, es quitar el descanso a ningún componente, sino utilizar todos los medios posibles para solventarlo, y llegado el caso llamar a quien corresponda y exponerle la problemática y decir que la patrulla de noche se suspende por no existir personal para realizarla. Sería un buena forma de empezar a cambiar las pequeñas unidades por unidades mas grandes donde no se produjera una incidencia por una simple petición de AP.

Pero claro, para eso es necesario tener el valor de exponerlo donde y a quien corresponde y no hacer siempre lo de responder SIN NOVEDAD, para no incomodar al oficial.

Es una modesta opinión, y por favor no me vengais con que el servicio es lo primero.

Sed más creativos.[/quote]

Bien dicho, es la unica manera de hacer las cosas con un poco de "valor"

PROTOS
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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: MAYO » Sab 01 Ene, 2011 08:31

¿ Desde cuándo los Comandantes de Puesto concedemos o denegamos asuntos particulares ?

¿ No es el capitán de la Compañía el que lo deniega o autoriza basándose en nuestro informe ?

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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: Forero » Dom 02 Ene, 2011 20:20

Muy buenas compañeros. Aprovecho para desearos a todos un estupendo 2011.

El problema de los AP es la falta de definición en la norma. "Perjuicio del servicio"..... queda muy abierto y totalmente inconcreto qué es exactamente. En mi unidad, que es un destacamento de tráfico al mando de un Oficial, se conceden sistemáticamente hasta concretar el cupo máximo, entre vacaciones y AP, es decir, un tercio máximo de la plantilla.

Se está dando el caso de los caraduras que usan los AP expresamente para no hacer nocturnos, o un domingo tarde, etc...... y el caso es que se lo están consintiendo. Yo alucino, porque muchas veces es con flagrante perjuicio al servicio, que de estar muy ajustado se queda ya totalmente en cuadro, pero la política actual es "al guardia, todo de todo......". Es un derecho que tenemos ahora y que no hemos tenido nunca. Bienvenido sea, pero en esto como en todo. A algunos les das una mano y no es suficiente, te tienen que comer el brazo hasta el hombro.

Insisto, no sé si es que "las alturas" no quieren problemas con las asociaciones (la asociación grande, me supongo) y cualquier cosa que huela a "restricción" de derechos, no, por si acaso. El cuadrante se ha convertido en una trampa para chinos. ¿Previsión, que la gente sepa su servicio con mucha antelación para conciliar vida profesional y personal.....? Cuentos chinos, con el abuso de ALGUNOS (no meto a todos en el mismo saco, que conste) con los asuntos particulares. ¿De qué sirve que un 20 de octubre, por ejemplo, esté puesto para conocimiento del personal el cuadrante del mes de noviembre, en el que el guardia fulanito tiene servicio nocturno la noche del 27 al 28 de noviembre (es decir, lo sabe un mes y pico antes), y justo 3 días antes te pide AP para el domingo 28, por lo que hay que anular el servicio o buscar deprisa y corriendo otro componente para cubrir ese hueco? ¿Es eso conciliación o abuso? ¿La conciliación es solo para los caraduras sin escrúpulos o es un instrumento útil para todos los miembros del Cuerpo, honradamente utilizada?

He oído rumores de que se van a dictar normas más concretas sobre este particular. No sé si alguien sabe algo de eso, y si es así sobre qué van a versar.
Un saludo a todos.

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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: garbiyo » Lun 03 Ene, 2011 15:56

No MAYO, los asuntos particulares los conceden los Jefes de Unidad tipo Puesto o Destacamento. el Capitán es quien resuleve si recurre el Guardia la denegacion de los A.P.
Un saludo

PD. Si lo está concediendo tu Capitán está usurpando funciones.

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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: RAYOMAQUIN » Lun 03 Ene, 2011 18:30

Se está dando el caso de los caraduras que usan los AP expresamente para no hacer nocturnos, o un domingo tarde, etc...... y el caso es que se lo están consintiendo. Yo alucino, porque muchas veces es con flagrante perjuicio al servicio, que de estar muy ajustado se queda ya totalmente en cuadro, pero la política actual es "al guardia, todo de todo......". Es un derecho que tenemos ahora y que no hemos tenido nunca. Bienvenido sea, pero en esto como en todo. A algunos les das una mano y no es suficiente, te tienen que comer el brazo hasta el hombro.

Insisto, no sé si es que "las alturas" no quieren problemas con las asociaciones (la asociación grande, me supongo) y cualquier cosa que huela a "restricción" de derechos, no, por si acaso. El cuadrante se ha convertido en una trampa para chinos. ¿Previsión, que la gente sepa su servicio con mucha antelación para conciliar vida profesional y personal.....? Cuentos chinos, con el abuso de ALGUNOS (no meto a todos en el mismo saco, que conste) con los asuntos particulares. ¿De qué sirve que un 20 de octubre, por ejemplo, esté puesto para conocimiento del personal el cuadrante del mes de noviembre, en el que el guardia fulanito tiene servicio nocturno la noche del 27 al 28 de noviembre (es decir, lo sabe un mes y pico antes), y justo 3 días antes te pide AP para el domingo 28, por lo que hay que anular el servicio o buscar deprisa y corriendo otro componente para cubrir ese hueco? ¿Es eso conciliación o abuso? ¿La conciliación es solo para los caraduras sin escrúpulos o es un instrumento útil para todos los miembros del Cuerpo, honradamente utilizada?
He oído rumores de que se van a dictar normas más concretas sobre este particular. No sé si alguien sabe algo de eso, y si es así sobre qué van a versar.
Un saludo a todos.[/quote]

Que razón tienes compañero, los jetas son los que abusan de la norma. Por cierto, ya lo dije otra vez, si el que tiene nocturno de sabado a domingo me pide A.P. para el domingo, se los doy pero acompañados con una tarde el sábado.

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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: MAYO » Mar 04 Ene, 2011 14:30

No Garbiyo, en mi Comandancia los concede el Jefe de Compañía en base a las normas impartidas POR ESCRITO por el General de la Zona y que son de obligado cumplimiento para el personal destinado o en comisión de servicio en Unidades afectas a la misma, siendo dichas normas complementarias, en la parte que no se opongan, de las que , en aplicación de la Norma decimosexta de la referida O.G. 7, dicte la Subdirección General de Personal del Cuerpo.-

Los Comandantes de Puesto, según órdenes impartidas por el General, estamos facultados para conceder el a), b), d), e) y j) y Jefe de Compañía o Unidad similar el k).-

¿Que me dices a esto?.-

Saludos y así son las cosas.

P.D. Todavía no he visto un Jefe de Puesto que haya recurrido lo dispuesto por el General de la Zona.-

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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: garbiyo » Mar 04 Ene, 2011 15:29

MAYO: primero ponte en verde y después a través de ASESGC y con tu delegado si lo tienes, haceis un escrito a la DGGC diciendo lo que hay y que esa disposición del General no se ajusta a derecho.
Es lo que hay y si no haceis nada es vuestro problema pues él (el General) si le usurparais sus funciones sí lo haría.
En la GC estamos para trabajar no para hacer amigos y hay veces que tenemos que dar la cara.
De todas formas todas las inquietudes y problemática de la nueva normativa será tratada por la Junta Directiva con quien corresponda, siempre y cuando sus asociados se lo hagan llegar.
Un saludo

garbiyo
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Re: Denegar Asuntos Particulares.

NotaAuthor: deegeear » Mar 04 Ene, 2011 17:32

[quote user="malvivo" post="29147"][quote user="RAYOMAQUIN" post="29132"][quote user="carolo" post="28979"]hola a todos. me gustaría saber si hay alguien que tenga algún escrito para denegar los días por asuntos particulares, en fechas próximas quizas lo tenga que utilizar. GRACIAS Y FELIZ NAVDIDAD.[/quote]
Te voy a dar una pincelada de lo que yo haría. Si el servicio es de Compañía: DENEGADO POR NECESIDADES DEL SERVICIO. No puedes replantear el cuadrante por las peticiones de asuntos particulares. La Ley de derechos y deberes (una ley, no una O.G.) habla de la conciliación de la vida laboral y familiar. Para que concilie uno no vas a desconciliar a diez. EDREMU tiene razón. Fundamenta la denegación y a otra cosa mariposa. Si quiere que se dé de baja. Yo no suspendo una patrulla de area por A.P., ni llamo a nadie para que haga el servicio, ya lo sabe todo el mundo, el que pida en esas condiciones, DENEGADO, y no es el primero.[/quote]

Cuanto derroche de imaginación¡¡¡

Me gustaría saber que harías tú si te denegaran los asuntos particulares tu Jefe de compañía.

Las necesidades del servicio han de ser motivadas, y de forma concreta. No vale alegarlas sin más.

Si solo tienes una patrulla por la noche, planificada, y alguno de los componentes solicita AP, lo cual está en su perfecto derecho, lo que no puedes o no deberias según mi modesta opinión, es quitar el descanso a ningún componente, sino utilizar todos los medios posibles para solventarlo, y llegado el caso llamar a quien corresponda y exponerle la problemática y decir que la patrulla de noche se suspende por no existir personal para realizarla. Sería un buena forma de empezar a cambiar las pequeñas unidades por unidades mas grandes donde no se produjera una incidencia por una simple petición de AP.

Pero claro, para eso es necesario tener el valor de exponerlo donde y a quien corresponde y no hacer siempre lo de responder SIN NOVEDAD, para no incomodar al oficial.

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No si el creativo puede ser el oficial que te coja el cuadrante y te iga quien puede hacer la noche , aunque sea doblando noche...o mejor que desde la compañia te nombran el servicio a ti. por la 4/10 te lopueden hacer

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