[quote user="diver" post="28630"]Artículo 36. Cambio de escala.
1. El Director general impulsará y facilitará los procesos que permitan la promoción profesional a
los guardias civiles que reúnan los requisitos exigidos.
2. El ingreso en los centros docentes de formación, por cambio de escala, se efectuará a través
del sistema de concurso-oposición, en el que se valorará el historial profesional de los
interesados.
3. Para el acceso por cambio de escala a la enseñanza de formación para la incorporación a la
escala de oficiales se reservará un porcentaje mínimo del 75 por ciento del total de las plazas de
la escala de oficiales a los miembros de la escala de suboficiales
y a los de la de cabos y
guardias.
Para optar a dichas plazas los suboficiales han de contar con, al menos, dos años de tiempo de
servicios en su escala.
Ahí tenéis la puñalada a los suboficiales.[/quote]
Pues con su pan se lo coman. Años de sacrificio y esfuerzo tirados por la borda. Banderillas negras para la Guardia Civil, que le costará recuperarse de tal castigo.........si es que lo logra algún día.
Al tiempo.