Author: mote » Sab 06 Nov, 2010 19:13
[quote user="altamache" post="27741"]Ya pero un día de asuntos particulares antes descontaba 5,35 horas y ahora 7,50, con lo cual la diferencia son dos horas que hay que deducir más. Tengo otra consulta en mi Comandancia los días festivos que se encuentran dentro de un período de solicitud de asuntos particulares no descuentan días, sino que son considerados libres, bueno más bien francos de servicio. Entonces si un Guardia coge asuntos particulares del 30 de octubre al 02 de noviembre, el día 1 hay que ponerselo franco de servicio, con cual automáticamente el sigo le descuenta 7,50 horas sin estar en realidad disponible para el servicio. Esto no me parece muy correcto, a ver que me decis. Un saludo.[/quote]
Graba en SIGO todas las situaciones de personal que conozcas hasta la fecha, vacaciones, asuntos propios, bajas médicas, etc y el sistema te dara las horas de referencia y no te compliques más la vida. En tu Comandancia como en todas se tienen que regir por las horas de referencia que SIGO les de, una vez cargado en el módulo de servicio las situaciones de personal.