Author: estrello » Sab 30 Oct, 2010 12:11
Efectivamente si le pones Descanso Semanal creo que no hay problema, así como tampoco si no se lo pones, ya que para generar el derecho y que pueda reclamarte por escrito algo, tendrá que trabajar a partir del día 1 de noviembre al menos 5 días, ya que no son dos días naturales sino mínimo 48 horas.
Si que deberás tener en cuenta los Descansos semanales restantes del mes y cuando no puedas hacerlo si que estás obligado a dar explicaciones, y sobre todo en cualquiera de los casos tendrá que aproximarse a las horas de referencia sin pasarse, ya que a lo mejor en este ultimo caso tendrás que dar explicacaiones sobre todo si es final de Trimestre, y si al principio hace muchas horas o tienes muchos descansos el resto del mes tendrás que recortarle las horas o los descansos y si lo haces al reves pues a la inversa .