Author: Javi76 » Lun 31 May, 2010 21:55
AHÍ TENÉIS LA MODIFICACIÓN DE LA O.G. 10/2006 QUE SE PUBLICARÁ EN BOC DE MAÑANA 1 DE JUNIO:
DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA Y DE LA GUARDIA CIVIL
MINISTERIO DEL INTERIOR
DIRECTOR GENERAL
Orden General número , dada en Madrid el día de mayo de 2010
ASUNTO: Modificación de la Orden General número 10, de 16 de junio de 2006, de regulación del sistema de gestión del complemento de productividad y de retribución de los sobreesfuerzos realizados por el personal con motivo del servicio.
La aprobación del Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, entre las que destacan las dirigidas a la contención y reducción de los gastos de personal de las diversas administraciones públicas, obliga a la necesaria adaptación de esta Orden General al nuevo escenario presupuestario y retributivo determinado por aquel.
Dicho Real Decreto modifica tanto las retribuciones básicas como las complementarias y entre estas últimas se encuentra el complemento de destino. La vigente Orden General número 10, de 16 de junio de 2006, de regulación del sistema de gestión del complemento de productividad y de retribución de los sobreesfuerzos realizados por el personal con motivo del servicio, utiliza el complemento de destino como elemento de referencia para determinar las cuantías de diversos tipos y modalidades de productividad, una situación que se ve afectada por las medidas extraordinarias ahora adoptadas, y que procede estabilizar.
Igualmente, la reducción del 5 por ciento, en términos anuales, de los créditos autorizados para el complemento de productividad y las gratificaciones por servicios extraordinarios, impuesta por el Real Decreto-ley 8/2010, obliga a trasladar el mismo porcentaje de reducción a las cuantías individuales que se perciben en dichos complementos.
En su virtud, DISPONGO:
Artículo único: Modificación de la Orden General número 10, de 16 de junio de 2006, de regulación del sistema de gestión del complemento de productividad y de retribución de los sobreesfuerzos realizados por el personal con motivo del servicio.
La Orden General número 10, de 16 de junio de 2006, de regulación del sistema de gestión del complemento de productividad y de retribución de los sobreesfuerzos realizados por el personal con motivo del servicio, queda modificada como sigue:
Uno. Adición de la Disposición Adicional Décima con la siguiente redacción:
“Disposición Adicional Décima. Aplicación del Real Decreto-ley 8/2010.
1. De acuerdo a lo previsto por el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, con efectos de 1 de junio de 2010, las cuantías resultantes de todos los tipos y modalidades de productividad, así como las correspondientes a los sobreesfuerzos derivados de la prestación del servicio, experimentarán una reducción del 5 por ciento.
2. En cumplimiento a lo dispuesto en el punto anterior, y a los efectos contemplados en la presente Orden General, la cuantía del complemento de destino, utilizada como elemento de referencia para la determinación de las percepciones individuales en las diversas modalidades de productividad, será la correspondiente al mes de enero de 2010, determinada en la Resolución de 4 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, por la que se dictan instrucciones en relación con las nóminas de los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en los términos de la Disposición Final Cuarta de la Ley 7/200/, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y se actualizan para el año 2010 las cuantías de las retribuciones del personal a que se refieren los correspondientes artículos de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para dicho ejercicio.”
Disposición Final única. Entrada en vigor.
La presente Orden General entrará en vigor el día 1 de junio de 2010.
EL DIRECTOR GENERAL,
Francisco Javier Velázquez López.
MINISTERIO DEL INTERIOR
GUARDIA CIVIL
DIRECCIÓN GENERAL