[quote user="Pezky" post="18163"][quote user="Jomacal72" post="18158"]Revisar bien todos los @ sobre Vacaciones, Permisos y Licencias, porque el marrón de conceder los Permisos por Asuntos particulares nos lo han metido a los Jefes de Destacamento - Comandantes de Puesto. Yo, por lo menos, lo tengo por escrito.
Un G.C. te solicita un día de Asuntos y el Jefe directo de la Unidad lo concede o deniega y a primeros del mes siguiente, remites a tu Unidad Superior la relación con los Permisos que has concedido.[/quote]
Cojones
, ¡ahora si que me has matao!
Hoy mismo he leido un correo de mi Comandancia en el que nos decían que hasta regulación en contrario, los Comtes. de Puesto concedemos únicamente los del apartado a) (fallecimiento o enfermedad de pariente de primer y segundo grado) y se da cuenta a la Comandancia el día 1 del mes siguiente.
El resto (asuntos particulares, incluido) es el Jefe de CIA.
Ahora resulta que en cada Comandancia se va a hacer de una manera. ¡Qué triste!.[/quote]
Es necesario que ésto quede bien clarito, y que se encargue el Alferez Adjunto, lo digo por los servicios que se prestan de compañía, nucleo etc,
Los amigos vienen y van.... los enemigos, por el contrario, se acumulan.