La Jurisdicción Militar se declara incompetente para juzgar a los miembros de la Guardia Civil
El Tribunal Militar Territorial Cuarto se inhibe a favor de la Jurisdicción Ordinaria
Gabinete Jurídico Suárez-Valdés informa que ha recaído resolución evacuada por la Sala de lo Penal del Tribunal Militar Territorial Cuarto, que declara la inhibición de dicha Sala a favor de la Audiencia Provincial y por tanto de la jurisdicción penal ordinaria, en diligencias previas tramitadas ante la misma por la comisión de un presunto delito militar por un Sargento de la Guardia Civil.
Consultado Antonio Suárez-Valdés, letrado director de dicha causa y de la solicitud de inhibición instada, el mismo refiere que dicha resolución supone una gran noticia para el colectivo de la Guardia Civil ya que rompe con un criterio, entendemos desajustado de la Sala de lo Penal del Tribunal Militar Territorial Cuarto que había venido manteniendo en otros asuntos similares la competencia de la jurisdicción penal militar para el conocimiento de asuntos en los que se vieran involucrados miembros de la Guardia Civil, todo ello pese a lo establecido en la Disposición adicional cuarta de la L.O. 12/07, de 22 de octubre, que propugna la incompetencia de la jurisdicción penal militar para conocer de asuntos en los que hayan intervenido miembros del benemérito instituto y bajo el amparo de lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda del mismo cuerpo legal que venía sirviendo a dicha Sala y en especial a la Fiscalía para mantener su competencia. No obstante no se puede descartar, a la fecha, que se pretendan ejecutar resoluciones penales militares contra miembros de la Guardia Civil por dicho Tribunal.
Los interesados pueden descargarse la resolución recaida en www.suarezvaldes.es o solicitarla en el teléfono 91.535.77.70 o vía e-mail en asuarez@suarezvaldes.es.
Dpto. Comunicación de Gabinete Jurídico Suárez Valdés