Author: EDREMU » Dom 29 Jun, 2008 17:57
Orden General número 1, dada en Madrid el día 13 de enero de 2000 (BOC 2).
ASUNTO: Organización, estructura y funcionamiento de las Compañías. [/font][/size]CUARTO: (Competencias del Jefe de la Compañía).[/color]
En referencia al mando de la Compañía:
Como responsable del servicio de su demarcación, asume un alto grado de autonomía para emplear los medios que tiene asignados, por lo que gozará de la libertad de acción necesaria para la dirección de los servicios.
Le corresponde:
1.- Planificar, coordinar, dirigir, controlar y ejecutar en su demarcación las misiones que las disposiciones vigentes encomiendan al Cuerpo de la Guardia Civil.
2.- Planificar, dirigir, coordinar y controlar los servicios de las unidades y equipos de especialidades integrados en la Compañía.
..............SÉPTIMO: (Funciones y cometidos).
Dentro de las competencias ya enunciadas, corresponde a la Jefatura de la Compañía, para garantizar el eficaz desarrollo de las misiones encomendadas, realizar las siguientes funciones:
A.- Mando.
1.- Asumir la dirección de las actuaciones personándose en el lugar donde ocurra un suceso que requiera su presencia, por la gravedad del mismo o por la alarma social que genere.
2.- Participar en las Juntas Locales o Consejos de Seguridad, que de acuerdo con la normativa específica le corresponda, supervisando la adecuada actuación del personal a sus órdenes que asista a las restantes.
3.- Mantener las adecuadas relaciones con las Autoridades, garantizando la coordinación y colaboración con las demás Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
4.-Velar por la seguridad y el cumplimiento de las normas relacionadas con la ejecución de los servicios.
B.- Planificación.
1.- Elaborar y actualizar permanentemente el Plan de Prevención de la Delincuencia (PPD) de la Compañía, así como los demás planes existentes en la misma.
2.- Planificar los servicios, según su normativa específica. Comprenderá los servicios de auxilio, prevención y reacción e investigación, [font=Arial][size=18]sin que ello suponga asumir el nombramiento directo del servicio de los Puestos, que conservan la iniciativa en el ámbito de sus competencias[/font][/size]. La planificación de los servicios preventivos incluirá al menos:
- La designación de los servicios mínimos a establecer, en función de las necesidades y prioridades deducidas de PPD y de la información operativa disponible.
- La asignación de cada servicio al Puesto que lo ha de desempeñar.
- La definición de la zona de responsabilidad, tanto en la prevención como en la reacción.
TODO ESTO Y ALGO MAS LO HACE EL MANDO DE LA COMPAÑÍA, PERO EL SERVICIO LO NOMBRA EL COMANDANTE DE PUESTO; ESTO ES, EL SERVICIO, DENTRO DE LA PLANIFICACIÓN DE CADA PUESTO, LO HACE QUIÉN QUIERE EL COMANDANTE DE PUESTO; SI ÉL SE QUIERE ACOPLAR AL MISMO PUES NO HAY PROBLEMAS..... SI EL CAPITÁN QUIERE ACOPLAR AL COMANDANTE DE PUESTO A UN SERVICIO, SIN ESTAR ÉSTE CONFORME......PUES PUEDE HABER PROBLEMAS... PARA EL CAPITÁN.
Yo lo veo claro.