VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

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VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: ph2759 » Mié 24 Sep, 2014 21:06

En la última reunión con el Capitán, éste dijo que los Comandantes de Puesto teníamos que vigilar las patrullas, incluso que podíamos vigilar las de los puestos limítrofes. Hoy el Cabo del puesto de al lado, que está de Comandante de Puesto Interino, vigiló una patrulla de mi unidad. ¿Es esto normal?. ¿Hay algo establecido sobre las vigilancia de los Comandantes de Puesto en otras unidades?.

ph2759
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Re: VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: ZOKI » Jue 25 Sep, 2014 08:40

Creo que las de tu Puesto si que puedes, si bien yo he llegado a la conclusión de que el unico fin que persigue es que los oficiales abandonen otra faceta mas de las suyas ( por su gran carga de trabajo ) para cargarlas sobre LOS DE SIEMPRE, por tanto ni se me ocurre vigilarle los servicios a gente de mi Puesto, ademas de la desconfianza que conlleva al no venir haciendolo.
Sobre vigilar las de otros Puestos creo que no ha lugar.

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Re: VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: massachussets » Jue 25 Sep, 2014 15:31

Nunca me ha gustado que me “vigilen” ¿porqué?... me parece indignante, se vigila a los presos, se investiga a los delincuentes, con otro profesional se trabaja con él y se le conoce y sólo si da motivos para ello se le investiga o vigila, pero no antes, hay que presumirle buen hacer, sino para qué ha servido tanto proceso selectivo y tanta academia. Se me ocurren infinidad de actividades muchos más interesantes para todo aquel profesional que se siente aburrido y sólo le da por “vigilar” a otros guardias civiles. ¿Cuándo vamos a madurar?. :neutral:
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Re: VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: emilionukem » Jue 25 Sep, 2014 22:13

Hay compañías donde sí se hace, que un comandante de puesto vigile patrullas de su núcleo operativo, aunque sean de otro puesto. Pero en la normativa pone que deberíamos vigilar únicamente las patrullas de nuestro puesto y las patrullas que se encuentren en la demarcación de nuestro puesto.
Tengo entendido que en toda La Mancha se hace esto.
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Re: VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: yomismo » Jue 25 Sep, 2014 22:25

Buenas noches.
Emilionukem, podrías citar la normativa a la que te refieres?
Gracias.

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Re: VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: emilionukem » Vie 26 Sep, 2014 08:45

La estoy buscando, pero no la encuentro. Lo que estoy seguro es que era aquella en la que hablaban de los núcleos operativos y todo eso, y creo que es anterior al 2012.

Aunque mientras buscaba esa que he dicho que no he encontrado, he podido leer en la orden general 4/2010, en su parte decimoquinta, 3,c), que dice: "Quienes ejerzan mando de Área o de Unidad tipo Puesto o Destacamento deberán nombrarse depropia iniciativa servicios de carácter operativo suficientes con fines de vigilancia e impulso de los servicios prestados por el personal dependiente";

En la Circular número 2, de la Dirección Adjunta Operativa, dada en Madrid a 28 de febrero de 2012. Asunto: Orientaciones para el ejercicio del mando por el Comandante de Puesto, en su capítulo II, apartado 1, primer párrafo, se puede leer: "El Comandante de Puesto, dentro del esquema general de los cometidos de tipo operativo prestados por las Unidades del Cuerpo, es el responsable de la planificación, impulso y vigilancia de los servicios de seguridad ciudadana que se desarrollan en su demarcación..." (con independencia de si son de tu puesto o de otro).

En la CIRCULAR NÚMERO 2/96, de 12 de junio de 1.996, apartado 4.2, se puede leer: "La vigilancia de los servicios ha de eféctuarse por todos los mandos naturales..." (y nosotros, como todos sabemos, somos mandos naturales del personal de nuestra unidad).

Siento no haber podido encontrar esa normativa donde lo ponía claramente, pero si la encuentro volveré a contestar a este hilo.
Espero que os ayude lo que he aportado.
Un saludo.
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Re: VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: yomismo » Vie 26 Sep, 2014 08:49

Muchas gracias, con eso es suficiente.
Un saludo.

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Re: VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: PERLITA » Sab 27 Sep, 2014 09:41

[quote user="ph2759" post="51781"]En la última reunión con el Capitán, éste dijo que los Comandantes de Puesto teníamos que vigilar las patrullas, incluso que podíamos vigilar las de los puestos limítrofes. Hoy el Cabo del puesto de al lado, que está de Comandante de Puesto Interino, vigiló una patrulla de mi unidad. ¿Es esto normal?. ¿Hay algo establecido sobre las vigilancia de los Comandantes de Puesto en otras unidades?.[/quote]

El Capitan a que se referia??, a los Comtes. de Psto., o solo a los Suboficiales...por que si era a los Comtes de Psto., lo dejo claro..."incluso a los puestos limitrofes"

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Re: VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: HELLBILLY » Sab 27 Sep, 2014 11:06

Y a parte es muy importante, por qué después te mandan una estadísitca con las patrullas que vigila cada uno, de tal manera que si no has vigilado significa que te has tocado los eggs, por lo tanto en esas maravillosas reuniones te dirán que pepito es un crack por que ha vigilado a 5000 patrullas y tu eres peor porque has vigilado 1, y entramos en el juego de la estadística y en consecuencia en empezar a maquinar formas de vigilar la patrulla cuando solo tienes una y resulta que el que vas en la patrulla eres tu mismo y que al día siguiente no puedes vigilar porque estas en una reunión y al otro tocas la pandereta en el pueblo...creo que todo en la G.C termina en la puñetera estadísitca llegando a perder su verdadero sentido....recuerdo incluso leer un post en el que un día explicaban que algún erudito ponía en la zona de vigilancia - este servicio no ha sido vigilado por ningún superior- o algo así....pero eso es otro tema.

UN SALUDO
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Re: VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: VICRO » Sab 27 Sep, 2014 20:48

Si la normativa lo deja claro, y el Cabo es Comandante de Puesto, ¿cual es el problema?. Procuremos no restar autoridad a todo aquel que ostente responsabilidad, y desee ejercerla con criterio y honestidad.

Saludos.-
Corrige a un sabio y lo harás más sabio, corrige a un necio y lo harás tú enemigo.
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Re: VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: emilionukem » Dom 28 Sep, 2014 08:39

En mi compañía hay un comandante de puesto que se ha picado, y hace más vigilancias al mes que los oficiales. Supongo que el trabajo del Puesto se lo hará otro.
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Re: VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: massachussets » Dom 28 Sep, 2014 15:08

VIGILANCIA NATURAL

Tuve una aproximación a este concepto cuando al mismo tiempo lo hice a la criminología.

Nos pusieron un ejemplo para ilustrarlo:

Frente a una tendencia acusada por parte de algunas administraciones, para concentrar las diferentes oficinas y negociados dependientes de la misma en un sólo edificio y así racionalizar en gasto y alcanzar una pretendida eficacia para el administrado. En algún ayuntamiento, se puso en práctica algunos de los postulados que nacen de la teoría de prevención situacional del delito, se trataba, entre otras medidas, de fomentar la vigilancia natural, ¿qué era eso?, pues una vigilancia ejercida naturalmente, ¿por parte de quién?, pues del común de los ciudadanos y ¿cómo?, pues durante sus desplazamientos por su localidad, pero ¿qué tenía eso que ver con la concentración o desconcentración de oficinas municipales?, bastante, la diseminación de estas oficinas por diferentes lugares de la localidad fomenta el trasiego de ciudadanos de un lugar a otro con la finalidad de solventar sus trámites, este trasiego lleva incorporada la vigilancia que “naturalmente” ejerce el ciudadano aún sin pretenderlo.

Para la teoría de la prevención situacional, el delito ocurre cuando se agregan tres factores: un agresor motivado, un objeto disponible y la ausencia de vigilancia. La carencia de uno de los tres factores es importante para que el delincuente cambie su actitud desistiendo de incurrir en el delito o conducta desviada.

No se trata de disertar en profundidad sobre esta teoría y del concepto de la vigilancia natural, simplemente pretendo ponerlo en contraste con la vigilancia formal o sistemática, sobre todo cuando esta adolece de sesgo rutinario y acomodaticio.

Con frecuencia solemos aducir que si “la gente” denunciara aquello cuanto ve y no guardara silencio “otro gallo cantaría” en la prevención y represión de la delincuencia, cierto, pero de cara al delincuente más que el temor a ser denunciado, lo tiene a ser visto, a ser conocido, no hallar la cobertura del anonimato, por eso ese tipo de medidas tanto en la distribución de dependencias oficiales, como en el diseño de la ciudad y la concienciación de ciudadanos, no son caras de asumir pues redundan en ahorro con la evitación de actos vandálicos u otros delictivos, la calidad de vida y la probable generación de actividad económica subsiguiente.

Pero, ¿porqué hablo de esto?. Porque quiero hacerlo de la Guardia Civil, de su “praxis” interna “in vigilando”, su coste y eficacia.

Lamento hacerlo, pero he de establecer un paralelismo que me resulta doloroso, motivo por el que no lo citaré expresamente:

En nuestra institución está establecido un concepto denominado “vigilancia del servicio”, este concepto no da lugar a equívocos, alude directamente a la actividad que se refiere describiéndola de forma precisa, son pues sus características: la formalidad y el sistematismo.

Aspectos de la vigilancia de servicio deben ser destacados desde una perspectiva crítica. Por cuanto se ha tornado desde siempre en la actividad prevalente en los oficiales de la Guardia Civil, su materialización consiste únicamente en una firma en un documento y no supone necesariamente una interactuación seria con otros Guardias Civiles, no previene conductas desviadas entre los mismos, pues resulta relativamente sencillo prever su ejecución y esquivar sus posibles consecuencias para aquel cuya tendencia personal es la de infringir algún deber. Nos encontramos con una actividad exclusiva (identificada como trabajo en sentido propio), costosa e ineficaz. Lamentablemente proliferan conductas desviadas en nuestras institución (bajas fingidas, actividades incompatibles, dejaciones....), “culpa in vigilando”.

Pero, ¿Cómo podría implantarse una vigilancia natural alternativa a la vigilancia del servicio?. Se me ocurre que desde la implicación directa en el trabajo, entendido como conjunto de actividades orientadas a un fin en las que la vigilancia se ejerce aún sin pretenderlo expresamente. El conocimiento derivado de la práctica del trabajo concurre especialmente en quien lo realiza y faculta para emitir juicio crítico que, tratándose del superior en relación a la labor realizada, le habilita especialmente no sólo en el suyo propio, sino también y con perspectiva empática sobre el realizado por sus subordinados. La implicación obligada del superior en supuestos tasados de trabajo, por lógica los de mayor relevancia, el conocimiento profundo de la labor que desarrollan sus subordinados con él y por separado, la crítica respecto de la calidad y resultados, conlleva una vigilancia natural en sentido propio. De esta forma el vigilante produce labor (ejemplo), la vigilancia ya se ha realizado al interactuar intensamente con otros componentes, lo que implica conocimiento, no se hace preciso diseñar o planificar desplazamientos para desarrollar una actividad inerte, evitando así gasto innecesario. Quien conoce porque ha interactuado, al mismo tiempo ha vigilado, advertida por todos la presencia de esta constante actúa como factor que obstaculiza el desarrollo de conductas desviadas.

(Perdón por la retahíla).
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Re: VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: brosi » Vie 03 Oct, 2014 18:26

VIGILANCIA DEL SERVICIO: Para la mayoría, significa ir a ver la pareja de servicio, si esta en el lugar que marca la papeleta, preguntar que tal va la cosa, dar un poco de palique, echar la firma , sin novedad y me marcho que tengo prisa. Este acto es la vigilancia habitual que hacen algunos mandos naturales de la cadena de mando de la fuerza que presta el servicio. De este sencillo pero importante acto se pueden derivar responsabilidades administrativas, disciplinarias o incluso penales. ¿ Es necesario, conveniente, etc, que alguien ajeno a la cadena de mando natural, venga a meterse en una parcela que no es la suya?
Cada cual es responsable de meterse en todos los charcos que desee, lo importante es saber salir.
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Re: VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: elgranpresi » Jue 30 Oct, 2014 13:37

Circular número 2, de la Dirección Adjunta Operativa, dada en Madrid a 28 de febrero de
2012. Asunto: Orientaciones para el ejercicio del mando por el Comandante de Puesto.
Apartado 1. Los cometidos de tipo operativo.
El Comandante de Puesto, dentro del esquema general de los
cometidos de tipo operativo prestados por las Unidades del Cuerpo, es el
responsable de la planificación, impulso y vigilancia de los servicios de
seguridad ciudadana que se desarrollan en su demarcación
, todo ello en el
marco del planeamiento que pueda corresponder a las unidades orgánicas o
funcionales en las que se halle encuadrado

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Re: VIGILANCIA DE SERVICIOS COMANDANTE DE PUESTO

NotaAuthor: MAVERICK1972 » Jue 13 Nov, 2014 23:12

Alucinado me quedo de donde se mete la gente cuando esta ociosa.

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