[quote user="PRIAMO" post="4454"]No acierto a ver el archivo que se supone que has subido.[/quote]
Pincha en este enlace:
http://www.asesgc.com/dload.php?action= ... file_id=79
pág. 3 de 11.
parte que interesa:
Por último, mediante una disposición final se modifica el artículo 25 del Reglamento de
evaluaciones y ascensos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por el Real
Decreto 1224/2006, de 27 de octubre, al
establecer en cuatro años, y no en cinco como está
actualmente determinado, el tiempo mínimo de servicios exigido en el empleo de Sargento
Primero de la Escala de Suboficiales para el ascenso a Brigada. Se pretende con esta
modificación, al objeto de realizar una mejor evaluación, disponer de un número suficiente de
guardias civiles en el empleo de Sargento 1º que anualmente puedan ser evaluados para el
ascenso y, en consecuencia, permitir que la Guardia Civil disponga en cada nivel jerárquico de
los profesionales más preparados y cualificados para su ejercicio profesional.
Saludos.