Author: Vesper » Jue 20 Sep, 2012 20:01
Sobre la reforma del reglamento de destinos tengo una duda en el apartado que dice "Se homogeniza y limita el periodo de destinable forzoso por razón de título a 2 años" ¿se refiere también a la maldita servidumbre?. No queda claro e induce a confusión, para variar.