EQUIVALENCIA INSPECTORES CNP CON TITULACION MASTER OFICIAL

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EQUIVALENCIA INSPECTORES CNP CON TITULACION MASTER OFICIAL

NotaAuthor: estrello » Sab 19 Nov, 2011 10:03

En el BOE Número 278 de ayer viernes 18 de noviembre de 2011 Sec. I. Pág. 119519 fue`publicada la Orden EDU/3125/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece la equivalencia de la formación conducente al nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico de Master Universitario Oficial.
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Re: EQUIVALENCIA INSPECTORES CNP CON TITULACION MASTER OFICI

NotaAuthor: ratapeluda » Sab 19 Nov, 2011 13:00

y con eso que quieres decir??
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Re: EQUIVALENCIA INSPECTORES CNP CON TITULACION MASTER OFICI

NotaAuthor: motorista13 » Sab 19 Nov, 2011 20:04

Pues ya sabeis que es lo siguiente...SUBINSPECTOR=GRADO UNIVERSITARIO, y si no al tiempo...
Imagen [color=crimson]Muéstrales que tu verdad es ley... y que su ley, no es ya tu verdad.[/color]
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Re: EQUIVALENCIA INSPECTORES CNP CON TITULACION MASTER OFICI

NotaAuthor: estrello » Sab 19 Nov, 2011 20:16

Motorista 13
Se me ha adelantado, así que No quiero decir ni mas ni menos que lo dice el propio enunciado de la Orden en su Artículo 1. Objeto: Esta Orden establece las condiciones y el procedimiento para la obtención de la declaración de equivalencia del nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico de Máster Universitario oficial.


Aunque sea solo para determinados inspectores, bien está que empiezen por alguien y al final aprueben y publiquen algo a favor de los Subinspectores que creo que de rebote os podría tocar y beneficiar a determinados Suboficiales al ser mas o menos nuestros equivalentes.

Luego cada cual que saque sus propias conclusiones tras leerlo y pienso que hay Suboficiales jovenes con titulación universitaria que promocionarán para Oficial a los que quizas no les sea tan indiferente.

A mi a día de hoy no me beneficia ni perjudica nada pero mañana Dios dirá.
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Re: EQUIVALENCIA INSPECTORES CNP CON TITULACION MASTER OFICI

NotaAuthor: ratapeluda » Sab 19 Nov, 2011 20:58

Al final me he animado a leerme la Orden EDU/3125/2011....................... o parte de la misma, je, je,je

Artículo 1. Objeto.
Esta Orden establece las condiciones y el procedimiento para la obtención de la declaración de equivalencia del nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico de Máster Universitario oficial.
Artículo 2. Condiciones para la declaración de equivalencia.
El nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía se declarará equivalente al nivel académico de Máster Universitario oficial cuando concurran en los inspectores interesados los siguientes requisitos:
a. Que sean alumnos seleccionados por el procedimiento establecido en el artículo 6 y siguientes del Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril.
b. Que, en el momento de iniciarse el proceso selectivo, reúnan los requisitos académicos necesarios para acceder a los estudios de Máster Universitario establecidos en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
c. Que hayan cursado la formación conducente al nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía a partir del curso 2006-2007 y hayan obtenido el correspondiente nombramiento a partir del año 2009.
Y esto es lo que dice el art. 7 del Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril.
Artículo 7. Requisitos de los aspirantes.
d. Estar en posesión de la titulación que el sistema educativo general otorga a quienes hayan superado la enseñanza básica obligatoria, o sus equivalentes, recogidas en los sistemas educativos anteriores, los aspirantes a Policía, y del título de Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado universitario o equivalente, los aspirantes a Inspector.

CONCLUSIÓN: Si no tienes del título de Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado universitario o equivalente, NADA de NADA, es decir que no te regalan el título.
:cry: :( :oops:
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Re: EQUIVALENCIA INSPECTORES CNP CON TITULACION MASTER OFICI

NotaAuthor: TORRENTE » Mié 23 May, 2012 15:26

[quote user="ratapeluda" post="35316"]Al final me he animado a leerme la Orden EDU/3125/2011....................... o parte de la misma, je, je,je

Artículo 1. Objeto.
Esta Orden establece las condiciones y el procedimiento para la obtención de la declaración de equivalencia del nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico de Máster Universitario oficial.
Artículo 2. Condiciones para la declaración de equivalencia.
El nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía se declarará equivalente al nivel académico de Máster Universitario oficial cuando concurran en los inspectores interesados los siguientes requisitos:
a. Que sean alumnos seleccionados por el procedimiento establecido en el artículo 6 y siguientes del Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril.
b. Que, en el momento de iniciarse el proceso selectivo, reúnan los requisitos académicos necesarios para acceder a los estudios de Máster Universitario establecidos en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
c. Que hayan cursado la formación conducente al nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía a partir del curso 2006-2007 y hayan obtenido el correspondiente nombramiento a partir del año 2009.
Y esto es lo que dice el art. 7 del Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril.
Artículo 7. Requisitos de los aspirantes.
d. Estar en posesión de la titulación que el sistema educativo general otorga a quienes hayan superado la enseñanza básica obligatoria, o sus equivalentes, recogidas en los sistemas educativos anteriores, los aspirantes a Policía, y del título de Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado universitario o equivalente, los aspirantes a Inspector.

CONCLUSIÓN: Si no tienes del título de Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado universitario o equivalente, NADA de NADA, es decir que no te regalan el título.
:cry: :( :oops:[/quote]

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