Preferencias de disfrute de vacaciones tras entrada en vigor de la OG 5/2011, de 28 de abril.
FAQ núm. 8 – OG 7/2009.
3 de mayo de 2011
Para la preferencia del verano de 2011 sí que importan las vacaciones disfrtutadas en el resto del año.
La norma undécima sobre prioridades en la concesión de vacaciones ha resultado modificada por la OG 5/2011, de 28 de abril en el sentido siguiente:
a) Por lo que respecta a los turnos de verano sólo se ha modificado respecto al verano 2011 (disposición transitoria única) en que no resultará de aplicación el apartado 2º del epígrafe a) de la norma undécima.2 correspondiente al “personal que lleve más tiempo sin disfrutar vacaciones en el turno sobre el que exista concurrencia de peticionarios”.
Ello conlleva que si existe igualdad en la primera preferencia, deba pasarse para determinar la preferencia en el verano de 2011 directamente al apartado 3º: “personal con más tiempo sin disfrutar vacaciones”, y que deberá ser interpretado (tanto en 2011 como en años posteriores) como vacaciones en sentido estricto, esto es excluyendo permisos de Semana Santa o Navidad pero incluyendo vacaciones que hayan sido disfrutadas en cualquier época del periodo anual (ya sean en periodo de verano o fuera de él).
b) En cuanto al resto de vacaciones (fuera del periodo de verano), la OG 5/2011, ha modificado el apartado 1º del epígrafe b) de la norma undécima.2, por lo que para determinar las preferencias, habrá que excluir las vacaciones disfrutadas durante el verano, esto es, en el año 2010 del 1 de julio al 30 de septiembre, y en los años 2011 y posteriores, en los periodos de 15 de junio a 15 de septiembre.
En la página de ASES puedes encontrar la OG sobre Vacaciones, Permisos y Licencias actualizada con las modificaciones operadas por la OG 5/2011 y la FAQ nº 8 que interpreta las preferencias de verano de 2011.
http://www.asesgc.com/ordenes-generales ... -dc14.html
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