RECURSO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ASCENSO A TENIENTE

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RECURSO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ASCENSO A TENIENTE

NotaAuthor: ADMINISTRADOR » Mar 10 Nov, 2009 13:53

SENTENCIA AUDIENCIA NACIONAL
ASES recurrira al TC la decisión de no aplicar a la Guardia Civil la Ley de la Carrera Militar
La Administración no tiene intención de aplicar dicha normativa al colectivo de la Guardia Civil, mas que en aquellos casos en los que resulte perjudicial o restrictiva de derechos.

La Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, resulta, según el tenor del artículo 1.3 de la misma, de plena aplicación al Cuerpo de la Guardia Civil, estableciéndose en dicho artículo, el mandato de que el régimen de personal de este Cuerpo se basa en esta Ley, dada la naturaleza militar de dicho Instituto Armado y la condición militar de sus miembros.
Sin embargo, y como es ya una desagradable costumbre, la Administración no tiene intención de aplicar dicha normativa al colectivo de la Guardia Civil, mas que en aquellos casos en los que resulte perjudicial o restrictiva de derechos y nunca en el caso de reconocer al colectivo derechos reconocidos a sus homólogos de las Fuerzas Armadas.
En este sentido, el apartado primero de la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 39/2007 establece textualmente:
“1. Todos los suboficiales que hubieran obtenido el empleo de sargento a partir del 1 de enero de 1977 y con anterioridad al 20 de mayo de 1999, fecha de entrada en vigor de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, y que no tuvieran limitación legal para alcanzar el empleo de subteniente podrán obtener, previa solicitud, el empleo de teniente que se les concederá cuando estén en situación de reserva y con 58 años cumplidos, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos desde la fecha de ascenso.
2. Los suboficiales que hayan ascendido o asciendan al empleo de teniente, en aplicación de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, o de esta disposición, a los solos efectos de la determinación del orden de escalafón en la situación de reserva, ocuparán, cada uno de ellos, el puesto que les corresponda según el empleo alcanzado en la situación de servicio activo y la antigüedad que tuvieran en el mismo.”
Dicho tenor fue ampliado temporalmente por medio de la Disposición Adicional 15ª de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, con efectos de 01/01/2009, que elimino cualquier tipo de restricción relativo a escalas a extinguir que pudiera adivinarse en la primitiva redacción del precepto.
De lo anterior se deriva la legítima solicitud de cientos de suboficiales de la Guardia Civil, en situación de reserva o cercanos a ella, habiendo, incluso, constituido Cuerpo de Ejército, por haber prestado servicios en dicha escala con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, requirieron al Ministerio de Defensa, en el sentido de ser ascendidos al empleo de Teniente en virtud de la normativa antes referida.
Dicha solicitud, formulada en una doble petición, fue sistemáticamente denegada por Defensa a nuestro colectivo, y por ello esta Asociación encomendó a nuestros servicios jurídicos, la interposición de los oportunos contenciosos - administrativos en defensa de los derechos de nuestros asociados, aun siendo conscientes de la dificultad que entrañaba la consecución del objetivo final, dada la escasa receptividad de la Sala receptora de los procedimientos y su acusado criterio proadministración.
Al tratarse de una materia relativa a ascensos, los recursos han de tramitarse ante la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso – Administrativo de la Audiencia Nacional, de manera individualizada, con el enorme desgaste que esto supone.
En fechas recientes, se están recibiendo las primeras sentencias que resuelven negativamente las primeras peticiones efectuadas por nuestro colectivo, en relación a la primera redacción dada al precepto, bajo la argumentación simplista y contraria al tenor literal de la norma de que, la Ley 39/2007 no resulta de aplicación al colectivo de la Guardia Civil, pronunciamiento éste que amén de contrariar la letra del precepto, constituye un enorme agravio para un colectivo al que, para lo malo se le ha aplicado de forma continuada la normativa castrense sin ningún rubor.
Por todo ello, amén de las gestiones desarrolladas por esta asociación a nivel del Consejo de la Guardia Civil, en el sentido de que en la nueva Ley de Personal del Cuerpo se aplique lo estipulado en la Ley de la Carrera Militar y se prevea el ascenso a Teniente de los Suboficiales que hayan de pasar a la situación de reserva, en el mismo modo que se prevé en la Ley 39/2007 para sus homólogos de las Fuerzas Armadas.
ASES – GC, ha dado orden a sus servicios jurídicos de iniciar los trámites legales oportunos para recurrir ante el Tribunal Constitucional, lo que considera un enorme agravio con respecto al colectivo de los Suboficiales de la Guardia Civil y una total falta de equidad, respeto y lealtad a la historia y el sacrificio de sus miembros, que no pensamos tolerar, sin luchar hasta las ultimas consecuencias, asumiendo todos los gastos de dichos procedimientos.
Así mismo, y como quiera de la modificación operada por vía de la Disposición Adicional 15ª de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, con efectos de 01/01/2009, se inicio una segunda ronda de contenciosos, muchos de los cuales de tramitan ante la Sala de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, se ha requerido a los servicios jurídicos para que agoten igualmente este vía judicial, tramitada ahora ante este órgano, que puede resolver en sentido distinto a la Audiencia Nacional.
En todo caso, esta asociación se plantea incluso llegar a elevar su reclamación ante el Tribunal de Estrasburgo, en defensa de lo que considera las legítimas reivindicaciones de una parte importante de nuestros colectivos.

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Re: RECURSO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ASCENSO A TENIENTE

NotaAuthor: TRIANA » Mar 10 Nov, 2009 17:57

Otro APLAUSO para ASES al tener la intención de recurrir al TC la decisión de no aplicar a la Guardia Civil la Ley de la carretera militar, sea cual sea el resultado final y siempre nos haremos la misma pregunta, somos militares para unas cosas (cuando interesa) y para otras no especialmente cuando hay algo de beneficio para nosotros !LOS QUE LLEVAMOS MUCHOS AÑOS EN LA G.C. YA ESTAMOS ACOSTUMBRADOS!.
Lo que está en nuestro poder hacer, también está en nuestro poder no hacerlo.
-Aristóteles.
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Re: RECURSO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ASCENSO A TENIENTE

NotaAuthor: Pelayo » Mar 10 Nov, 2009 19:10

Lamentablemente y GRACIAS al trabajo mal hecho por otras Asociaciones (sobra decir cual), el régimen MILITAR solo es de aplicación cuando a la Administración le viene en gana, y claro a´si nos va, al fina y al cabo es lo que pide la mayoritaria, el NO ser militar, y la Administración va dando una de cal y otra de arena, pero claro está siempre en perjuicio nuestro.

FELICIDADES a ASES por los logros conseguidos y particularmente por llevarl el tema al TC que si tienen lo que hay que tener, nos deberían de dar la razón al fin y al cabo somos lo que muchos no quieres que seamos: MILITARES, eso sí de carrera.

Un saludo
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Re: RECURSO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ASCENSO A TENIENTE

NotaAuthor: ROMEO » Mar 10 Nov, 2009 21:52

[quote user="TRIANA" post="14914"]Otro APLAUSO para ASES al tener la intención de recurrir al TC la decisión de no aplicar a la Guardia Civil la Ley de la carretera militar, sea cual sea el resultado final y siempre nos haremos la misma pregunta, somos militares para unas cosas (cuando interesa) y para otras no especialmente cuando hay algo de beneficio para nosotros !LOS QUE LLEVAMOS MUCHOS AÑOS EN LA G.C. YA ESTAMOS ACOSTUMBRADOS!.[/quote]

Triana en otro post tuyo decías esto:
" .... Bueno yo también he recibido esa mala noticia, YO SOY UNO DE LOS DESESTIMABLE A DICHO ASCENSO, como bien dice el correo, ya recibiré del Gabinete Jurídico Suárez-Valdez !digo yo! la fatídica sentencia de no ascenso.

.......... Y luego que hago o que hacemos, Vamos al Tribunal Constitucional y que según ASES está estudiando por ser un asunto de máximo interés.

ASES, poco pedimos los que estamos en Reserva, porque poco se puede pedir a la Benemérita, pero en este caso me pongo o nos ponemos a vuestra disposición por si podeis hacer algo, pero por favor mantened informado al colectivo de socios de ASES en Reserva, cada uno nos econtramos en un sitio distinto de la geografía española y por separado poco podemos hacer.

ESPERO QUE PUEDA llegar a ASES este llamamiento aunque sea a través de los moderadores
."

Bien, sólo decirte que ya fue motivo de conversación el mismo día que Suarez Valdés lo participó a un forero.
El Presidente de Asesgc se interesó por el tema, después de comentarlo y .......... REDIÓS, no pensé que fuera a ir tan deprisa lo del recurso....

Creo que la directiva se ha movido muy deprisa esta vez, enhorabuena.... no sé si al final se conseguirá o no, pues ya sabes lo que hay con "lo militar" "lo Guardia Civil", lo "civil" y lo "funcionario"... pero en fin, creo que esta vez no se puede tachar de "inmovilismo" a la directiva.
Pise firme siempre en el medio y no vaya por extremos, que son peligrosos todos. (Baltasar Gracián)
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Re: RECURSO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ASCENSO A TENIENTE

NotaAuthor: kabanillero » Mié 11 Nov, 2009 21:39

Creo que hay que felicitar a los miembros directivos de la Asociación por la prontitud en que se ha movido sobre el recurso a presentar al TC para el ascenso a Teniente de todos los Suboficiales que estamos comprendidos dentro de lo márgenes establecidos par ellos y a los cuales los Suboficiales del Ejército tienen derecho.
Supongo que de esta Sentencia tiene conocimieno nuestro Centro Directivo, habrá que preguntarles que los mismo que la LCM no es de aplicación a los Suboficiales, tampoco es de aplicación a los Oficiales. esperemos que puedan responder a tanta injusticia y apoyen nuestras reindivicaciones, ya que nos miden con doble rasero.
Un saludo para la Junta Directiva y para todos los Suboficiales de la Guardia Civil, compañeros que no decaiga el ànimo.

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Re: RECURSO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ASCENSO A TENIENTE

NotaAuthor: medievo » Jue 12 Nov, 2009 17:51

Acabo de ponerme en contacto con el gabineta juridico , me han confirmado que estan saliendo setencias denegando el asceso a teniente, motivo no pertenecer al Ejercito.

Ante esto me hago las siguientes preguntas, ¿ porque es el Ministereio de Defensa el que me regula el haber pasivo cuando paso a la situación de retirado, si no soy militar, en ese caso sería el competente los Ministerios de Interior o el de Hacienda, este último es el que verdaderamente comunica lo que tengo de haber pasivo?.

¿ Porque tenemos divisas mililtares , tratamiento militar,con su correspondiente saludo , que por cierto tanto gustan a algunos oficiales , y desfilamos en paradas militares ? .si segun la sentencia no somos militares ,como tenemos esto, que me lo expliquen, porque no lo entiendo, y no me salgan con lo del cuerpo civil de naturaleza militar.

Veo muy bien y acertado que ASESGC, recurra al Tribunal Constitucional

medievo
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Re: RECURSO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ASCENSO A TENIENTE

NotaAuthor: edorta1950 » Lun 16 Abr, 2012 11:04

Después del tiempo transcurrido desde que se inició este hilo, y ante la falta de noticias al respecto, pregunto si ASES llegó o no a recurrir ante el Tribunal Constitucional.

Saludos

edorta1950
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Re: RECURSO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ASCENSO A TENIENTE

NotaAuthor: RIDICK » Lun 16 Abr, 2012 12:56

Saludos compañeros…………………soy nuevo en el foro, ya que acabo de recibir mi registro como usuario, y soy uno de los Suboficiales militares para lo que a la Guardia Civil le interesa, y funcionario para lo contrario, además incluido en el tramo afectado para el ascenso a Teniente si se me aplicara como al resto de Suboficiales de las FAS la norma descrita, y me alegro poder estrenarme en el foro para aplaudir la diligencia y el acierto de ASESGC de recurrir la citada norma que aplican a nuestra escala en el Cuerpo tan solo para restringir los derechos a los que como militares tenemos, ya que no se entiende a que mente privilegiada se le ha ocurrido excluirnos, por no pertenecer según ellos al ejercito, cuando sin embargo, llevamos las mismas divisas, con el mismo carácter militar de ellos, misma tarjeta de identificación militar, pertenecemos de igual forma a ISFAS, se nos aplica el Código Penal Militar, desfilamos en formaciones militares con las mismas prerrogativas y obligaciones que el resto de militares que forman, juramos bandera como militares, dependemos para ascensos, recompensas y otros menesteres al Ministerio de Defensa,………… y otro sinfín de etcs, no creo que el Tribunal Constitucional pueda obviar lo descrito para obligar al Gobierno a aplicarlos la citada norma……….si somos militares lo somos para lo bueno y lo malo y si no que se decidan de una vez.-

RIDICK
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Re: RECURSO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ASCENSO A TENIENTE

NotaAuthor: RIDICK » Lun 16 Abr, 2012 13:31

Por curisosidad KABANILLERO, tienes algo que ver con la poblacion..........?

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Re: RECURSO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ASCENSO A TENIENTE

NotaAuthor: RECOY » Lun 16 Abr, 2012 18:49

Este es otro ejemplo claro de lo que yo siempre digo. Si nos hubiesemos preocupado por luchar por los beneficios del colectivo de las FFAA, dada nuestra naturaleza militar en lugar de echar pestes de todo lo que huele a milicia, otro gallo nos cantaría ahora.
Los señores de la AUGC son los prinicipales precursores de esta situación.
Saludos cordiales.
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