Muy buenas, estimados foreros:
Una pregunta que no por breve es importante. En la ley derechos y deberes de la Guardia Civil, en su artículo 34 sobre la presentación de quejas por parte de miembros del cuerpo, se hace referencia a un procedimiento normativo por el que se regularán. ¿Alguien podría indicarme si existe ese procedimiento? o es uno de tantos brindis al sol, con el que nos brinda el gobierno.
Gracias de antemano.