Buenas.
A mi compañia llego un escrito que daban hasta 4 horas por ejercer el voto por correo, y la otra opción de tener derecho a esas 4 horas era ejerciendo el voto presencial si ese día se tenía servicio (entregando el correspondiente justificante de haber votado).
¿Ha sido así para todas las Comandancias igual, o cada Comandancia puede darlas o no?