El Tribunal Militar Territorial I revisa sentencia de un Sargento de la Guardia Civil Condenado por la Jurisdicción Penal Militar por delito de desobediencia, absolviéndole.
En aplicación de la nueva Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil
Gabinete Jurídico Suárez-Valdés informa que ha recaído resolución evacuada por la Sala de lo Penal del Tribunal Militar Territorial Primero, que declara la revisión de la sentencia recaída en una causa penal-militar en la que se condenaba a un Sargento de la Guardia Civil a la pena de prisión de cinco meses, con la accesoria de suspensión de cargo público, cuya ejecución se encontraba paralizada, por la comisión de un delito de desobediencia por el cual su alférez había llegado a detenerle.
Dicha resolución supone, amén de un ejercicio de valentía por parte del TMT1º, un importante precedente ante la cerril insistencia que venían presentando ciertos Tribunales Militares a aplicar, en toda su amplitud, los preceptos de la nueva Ley de Régimen Disciplinario en cuyo espíritu subyace la acertada creencia de que a los Guardias Civiles que desarrollen únicamente funciones policiales, no les será de aplicación el régimen penal militar. Esta resolución rompe con un criterio, entendemos desajustado mantenido por la Fiscalía del Tribunal Militar Territorial Cuarto que había venido manteniendo en otros asuntos similares la competencia de la jurisdicción penal militar para el conocimiento de asuntos en los que se vieran involucrados miembros de la Guardia Civil, negándose a la revisión de sus sentencias firmes, todo ello pese a lo establecido en la Disposición adicional cuarta de la L.O. 12/07, de 22 de octubre, que propugna la incompetencia de la jurisdicción penal militar para conocer de asuntos en los que hayan intervenido miembros del benemérito instituto y bajo el amparo de lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda del mismo cuerpo legal que venía sirviendo a dicha Fiscalía para mantener la competencia militar. No obstante esta buena noticia no se puede descartar, a la fecha, que por otros tribunales militares se pretendan ejecutar resoluciones penales militares contra miembros de la Guardia Civil, a las cuales nos opondremos en defensa de nuestros patrocinados.