prioridad libre por festivo o asuntos propios

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prioridad libre por festivo o asuntos propios

NotaAuthor: OSCAR30 » Lun 27 Abr, 2015 10:16

Que tiene prioridad, un libre por día festivo nacional o un permiso por asuntos particulares.

Se me da el caso de que solo tengo una patrulla de servicio de tarde para el día 01 de mayo y uno de los Gc de esa patrulla me ha solicitado asuntos particulares.
En todo el sector, tres Puestos, esa era la única patrulla de tarde, por lo que el Alférez me ha dicho que no se puede anular.

Tampoco ha dado la opción a que el único componente que prestaría servicio, se uniese a la única patrulla del otro sector y que esos tres Gc prestasen servicio por los dos sectores del núcleo operativo.

La opción que me ha dado es que le quite a un tercer componente el libre por festivo que ya tiene planificado.

Mi pregunta es si es correcto dar preferencia a un asuntos propios antes que a un descanso por festivo nacional.

Gracias.

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Re: prioridad libre por festivo o asuntos propios

NotaAuthor: Pelayo » Lun 27 Abr, 2015 14:29

los descansos tienen preferencia sobre los AAPP, ya que estos estaban planificados con anterioridad. lo mismo para los descansos por festivo. Se le deniega por razones de servicio basándote en lo que te ha dicho el alférez, que hay una sola patrulla en el nucleo operativo y ya esta. El recurso al Jefe la Cia y santas pascuas

Espero haberte ayudado. Un saludo
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Re: prioridad libre por festivo o asuntos propios

NotaAuthor: OSCAR30 » Lun 27 Abr, 2015 15:43

Muchas gracias.
Mi duda es que el artículo 9.8 habla de que los descansos semanales ya programados no varíen, en este caso no es sería un descanso semanal, sería un libre por festivo lo que tendría que modificar.

No quiero equivocarme y darle preferencia a alguien que no la tiene.

Muchas gracias otra vez por contestar.

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Re: prioridad libre por festivo o asuntos propios

NotaAuthor: massachussets » Lun 27 Abr, 2015 17:45

Mi opinión sobre este particular es la siguiente:

Pienso que no es correcto hablar de preferencias, el Asunto Propio tiene el mismo valor respecto del resto de derechos que suponen una exención en las prestación de servicio, es decir, no es un derecho de 2ª o 3ª categoría.

La diferencia no estriba en su valor, sino en el particular diseño procedimental a la hora de solicitarlo que permite quede fuera de la planificación ordinaria del servicio, pero ésto no es responsabilidad del interesado, por lo tanto no parece justo que recaiga sobre él el perjuicio de su denegación.

Por otra parte el resto de derechos: vacaciones, permisos, descansos, son en realidad otras modalidades de asuntos propios, entonces, ¿porqué le atribuimos menor valor?

Para su denegación solemos acudir al hecho de la alteración del servicio, pero no a una alteración que afecte a la planificación de otros componentes, sino a la necesidad de anular patrullas por no disponer de personal. No siendo nosotros los competentes en la coordinación de servicios, sin embargo, asumimos como propio el criterio transmitido verbalmente por un oficial qué, lógicamente, tiene un interés particular en que no se le caigan patrullas, ¿porqué lo hacemos?, como responsables de un puesto lo que nos concierne es su concreta situación y si el cupo que tenemos asignado no está cubierto, pienso no debemos atenernos a otras consideraciones, de lo contrario ese derecho puede quedar vacío de contenido por su inaplicabilidad práctica.

Otra solución pasaría porque se nos quitara la competencia de su concesión y la asumieran los oficiales, dado que su concesión tanto impacto supone en el sostenimiento del número de patrullas.
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Re: prioridad libre por festivo o asuntos propios

NotaAuthor: MMR » Lun 27 Abr, 2015 23:11

Consecuencias de quitar descanso planificado: Consulta Art 16 de la Orden Gerenal 12/2014 de Incentivos al rendimiento, productividad por ICREM que afecta a las horas que realice un componente cuando le modifican un descanso planificado.
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Re: prioridad libre por festivo o asuntos propios

NotaAuthor: Pelayo » Mar 28 Abr, 2015 09:57

La concesión de AAPP entre otros asuntos están las necesidades del servicio, si estas se refieren a orden directa del superior jerarquico, referente a la obligatoriedad de mantener como minino una patrulla por turno, es correcta su denegación basándose en esos hechos, luego el interesado que recurra al Jefe de Cia y asi es cuando la piedra recae sobre su tejado, que lo estima, pues a partir de ahí se concenden todos, que no, pues se continua en la misma línea.
Una apreciación: las ordenes verbales son tan validas como las escritas, siempre que se atengan al orden constitucional y a las leyes.

Un saludo
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Re: prioridad libre por festivo o asuntos propios

NotaAuthor: massachussets » Mar 28 Abr, 2015 11:59

Es obvio Pelayo que no estoy de acuerdo.

En primer lugar la competencia para su concesión la tenemos atribuida nosotros, al oficial se le informa pero no debe ordenarte en ese sentido, porque de hacerlo, la orden sí debe ser escrita y además estar motivada dado que se trata de restringir un derecho y por otra parte porque puede dar lugar a plantear si se ha producido una injerencia en asunto que es competencia de un subordinado. Entiendo que en esta institución se hace abuso de las órdenes verbales, originadoras de gran inseguridad jurídica para los subordinados.

En segundo lugar las necesidades del servicio ya han quedado bien definidas en la nueva OG de jornada y horario, han de darse unos requisitos muy exigentes como tratarse de hechos no previsibles, urgentes, debiendo este recurso ser siempre el necesario y adecuado lo que obliga en primer lugar a agotar otras vías, esto excluye acudir a ellas con carácter preventivo. Aún cuando esto no estaba así regulado, no dejaba de llamar la atención que nunca se ha apelado a las necesidades del servicio para denegar unas vacaciones p.e y hemos acudido a ellas con excesiva prontitud, a mi entender, cuando se ha tratado de AP. Conclusión los jefes que autorizan las vacaciones no se complican, ¿porqué hemos de hacerlo nosotros si se trata de AP?, quien se complica somos nosotros, nunca el que verbalmente ha dicho tal o cual cosa, que vete a saber luego lo que dijo o tú le entendistes. Algunos ya estamos escarmentados.

Insisto el AP, es el más honesto de los permisos (todos los demás también son asuntos propios en el fondo) y puede obedecer a una necesidad real como la enfermedad de un familiar cuando ya has agotado otro tipo de permisos de esta naturaleza, no porque percibamos que se hace un uso abusivo, desleal o como queramos decir, debe predisponernos esto para desvalorarlo. Los competentes para resolver somos nosotros y hemos de hacerlo en conisderación al ámbito que nos es propio y no otro.

Todo lo anterior dicho con el mayor de los respetos ante lógicas discrepancias.
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Re: prioridad libre por festivo o asuntos propios

NotaAuthor: espectro » Mar 28 Abr, 2015 15:01

En mi compañía, el oficial al mando nos dijo en su día que si se diese ese caso que comentas o parecido, que se sacase el componente de otros puestos cercanos, anulando servicios de puertas que hubiese en los mismos, o entretenimientos, etc. En fin, que agotásemos todas las posibilidades antes de denegar esos asuntos particulares por necesidades del servicio.

Un saludo a todos.
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Re: prioridad libre por festivo o asuntos propios

NotaAuthor: OSCAR30 » Mar 28 Abr, 2015 16:42

Al final, por la calle de en medio. Un guardia que libraba ese día se ha ofrecido a trabajarlo, ya le he dicho que se agradeceré en el próximo cuadrante.

Al final esta institución funciona por favores...

Gracias a todos y, si la asociación de digna a responderme, colgaré aquí su respuesta.

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Re: prioridad libre por festivo o asuntos propios

NotaAuthor: espectro » Mar 28 Abr, 2015 18:09

Procura dejarle claro al guardia que se ha ofrecido, que el favor se lo hace al otro guardia y no a ti. Que luego algunos pretenden cobrarse esos "favores" a precio d oro.
Un saludo a todos.
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Re: prioridad libre por festivo o asuntos propios

NotaAuthor: OSCAR30 » Mar 28 Abr, 2015 18:58

Sí, eso ya se lo he dicho, pero siempre queda eso de que me está haciendo el favor a mi :(

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Re: prioridad libre por festivo o asuntos propios

NotaAuthor: pedrofur » Lun 14 Sep, 2015 04:06

De eso nada , si pide APs y no hay perjuicio se conceden si no causa perjuicio a la Unidad de la que eres jefe , si el Oficial con boquita pequeña quiere una patrulla por necesidades del servicio que lo haga por escrito y por lo tanto es él el que debe rechazar los APs. Así que en teoría el guardia que lo hace es porque quiere y ya. Ya está bien de oficiales que tiran la piedra y esconden la mano.

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Re: prioridad libre por festivo o asuntos propios

NotaAuthor: BENEITOR » Sab 26 Sep, 2015 19:15

Vaya con los Guardias que hacen favores...

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