LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

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LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: estrello » Vie 21 Mar, 2014 15:40

Aprobado por el Consejo de Ministros la remisión del PROYECTO DE LEY de Régimen del Personal de la Guardia Civil a las Cortes Generales.-
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Re: LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: zupoctero » Vie 21 Mar, 2014 17:26

Para cuándo más o menos puede entrar en vigor ya la nueva ley de personal?

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Re: LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: polo » Vie 21 Mar, 2014 18:17

http://www.lamoncloa.gob.es/docs/refc/p ... 321e_1.pdf

Ahi teneis un resumen bastante claro.

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Re: LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: estrello » Vie 21 Mar, 2014 20:04

Sigo sin ver referencia alguna a las edades de pase a Reserva, ni en el RESUMEN relativo a la ampliación de contenidos de este tema expuesto en la Rueda de Prensa tras la celebración del Consejo de Ministros, así como tampoco en el Cuadro Resumen especifico que se acompañaba y que creo que es un subapartado de interés para todos, así que habrá que esperar a conocer el PROYECTO DE LEY y finalmente a la publicación de la Ley tras el debate parlamentario que proceda.
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Re: LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: zupoctero » Vie 21 Mar, 2014 22:55

Pero para cuando puede entrar en vigor la ley, antes de verano, después? , es que estoy bastante interesado en una vacante q el titular pasa a reserva en septiembre , pero si entra en vigor antes la ley, dice q va a seguir 3 años más puesto q dicha ley contempla el pase a reserva a los 63

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Re: LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: MMR » Sab 22 Mar, 2014 21:11

En la intranet hay un documento sobre novedades del proyecto de Ley
como novedad ascenso a BRIGADA POR CLASIFICACIÓN
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Re: LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: ZOKI » Dom 23 Mar, 2014 20:02

DICE UN PARRAFO: Como novedad, se permite renunciar hasta en 3 ocasiones a la evaluación para el ascenso o para realizar un curso de capacitación(En la actualidad es sólo una).

mi duda: aquellos que hemos renunciado ya con la actual ley , ¿entrariamos a optar a esta novedad de volver a ser evaluados ? ¿o sería ya solamente para los que evaluen con la nueva Ley?
.

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Re: LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: ZOKI » Vie 04 Abr, 2014 09:46

[quote user="ZOKI" post="50061"]DICE UN PARRAFO: Como novedad, se permite renunciar hasta en 3 ocasiones a la evaluación para el ascenso o para realizar un curso de capacitación(En la actualidad es sólo una).

mi duda: aquellos que hemos renunciado ya con la actual ley , ¿entrariamos a optar a esta novedad de volver a ser evaluados ? ¿o sería ya solamente para los que evaluen con la nueva Ley?
.[/quote] ¿ Nadie sabe aclaar este punto?

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Re: LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: EQUIPOA2409 » Vie 04 Abr, 2014 12:13

Hola no te puedo contestar con plena exactitud al tema, la retroactividad entiendo que en tema penal, se da.
Pero en el ambito administrativo no tendria que ser necesariamente a si.
Te pongo un ejemplo ahora mismo se habla de quitar la desgravacion de vivienda, o quitar las subvenciones a energia solar teniendo habiendo sido establecida en una legislacion anterior y la van a quitar, o sea que entiendo que lo van a poder hacer de las dos formas segun les convenga no porque algo les obligue ha hacerlo de una forma o de otra.
Pero esto es solo una opinion que ya diran que desarrolan en su momento.

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Re: LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: frankduke » Sab 05 Abr, 2014 01:11

creo entendido que sí volverán a evaluar a los que renunciaron

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Re: LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: MERSUO » Sab 05 Abr, 2014 10:13

No van a ganar para recursos......
prefiro morir con honor q vivir arrodillado, ESTO ES ESPARTA¡

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Re: LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: PRAN » Sab 05 Abr, 2014 21:42

[quote user="MERSUO" post="50159"]No van a ganar para recursos......[/quote]

Normal.....

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Re: LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: TORRENTE » Mar 15 Abr, 2014 15:04

ASES defenderá en la nueva Ley de Personal un sistema de enseñanza progresivo y de equivalencias que otorgue estudios superiores a todos los guardias civiles

ASES ha constituido formalmente el grupo de trabajo para la modificación del anteproyecto de Ley de Personal de la Guardia Civil que ya ha sido remitido al Congreso de los Diputados por el Consejo de Ministros para su tramitación parlamentaria.


El grupo esta compuesto por los dos vocales titulares de ASES en el Consejo de la Guardia Civil y por el Presidente de la Comisión de Enseñanza y Formación de ASES y un vocal de la misma por el diseño de nueva planta que tiene la enseñaza de formación para el acceso a las diferentes escalas singularmente la de oficiales como consecuencia de la unificación de escala y que afecta de forma directa a los suboficiales.


ASES ha elaborado una propuesta de enseñanza de formación basada en la progresividad, la convalidación de créditos y la obtención de equivalencias que debería culminar en la idea del reconocimiento progresivo de estudios superiores para todos los guardias civiles. Esta propuesta de itinerarios progresivos y equivalencias permite acceder a un título de grado universitario con 162 créditos ECTS ya reconocidos.


La modificación de determinados artículos del proyecto posibilitaría el reconocimiento entre estudios superiores directamente relacionados, como son y han de serlo, el Técnico Superior de la Formación Profesional de Grado Superior cursado por los suboficiales, y el de Graduado universitario cursado por los oficiales de la Guardia Civil.


Para el presente, ASES quiere plantear la posibilidad a los grupos parlamentarios de modificar el régimen transitorio para que todos los miembros de la Escala de Suboficiales puedan adaptarse a la nueva forma de acceso a la Escala de Oficiales sin que sus expectativas de ascenso se vean mermadas aumentando hasta en cuatro años la reserva de plazas para el actual sistema de acceso a la Escala de Oficiales. Otro aspecto fundamental de las propuestas de ASES es el aumento de porcentajes de plazas para la promoción interna en detrimento del cambio de escala, que quedaría reducido en propuesta de ASES al 10% de la promoción profesional, o el acceso directo. Para ASES en régimen transitorio de la Ley debe permitir y facilitar la integración en la Escala de Oficiales actual de los suboficiales que superen el plan de estudios correspondiente. De esta forma, habría una importante reserva de plazas durante varias convocatorias.


El grupo de trabajo creado por ASES ya ha mantenido su primera reunión y ha diseñado un calendario de trabajo que pasa por reuniones con diferentes grupos parlamentarios después de las fiestas de Semana Santa para intentar modificaciones importantes en el anteproyecto de Ley de Personal de la Guardia Civil.


Por otra parte, y para apoyar aquellas medidas legislativas que deban ser impulsadas desde la Dirección General del Cuerpo se mantendrá una reunión con el General Jefe de Enseñanza de la Guardia Civil como ya se ha hecho con el Teniente General Solís Navarro Jefe del Centro Universitario de la Guardia Civil (CUGC).


El futuro de la enseñanza de formación en la Guardia Civil


La estrategia principal consiste en la adaptación de las escalas y del sistema de enseñanza impartido por la Guardia Civil al sistema educativo general, con las siguientes cualificaciones o aptitudes profesionales y titulaciones académicas:


- Acceso directo a la escala de oficiales, previa superación del plan de estudios correspondiente a la titulación universitaria oficial de “GRADO EN INGENIERÍA DE LA SEGURIDAD” y “MÁSTER EN DIRECCIÓN Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD”, en el ámbito de las “Ciencias Sociales y Jurídicas”.


- Acceso por “Promoción profesional–Promoción interna” (reservada exclusivamente a suboficiales) a la escala de oficiales, con conocimientos de las ramas de “Ingeniería y Arquitectura” y “Ciencias Sociales y Jurídicas”, con una denominación posible, “GRADUADO EN DIRECCIÓN Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD”


- Acceso por “Promoción profesional-Promoción interna”, a la “Escala de Suboficiales”, previa superación del plan de estudios correspondiente al título de “TÉCNICO SUPERIOR EN SEGURIDAD RURAL Y URBANA”


- Acceso directo a la “Escala de Cabos y Guardias”, previa aportación mínima del título de Bachiller o Técnico del sistema educativo (conforme al artículo 76 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público) y, superación del plan de estudios correspondiente a la cualificación profesional de nivel 3 de SERVICIO DE SEGURIDAD RURAL Y URBANA (SEA_).



La superación de un periodo de seis años, conllevaría la obtención de la EQUIVALENCIA al título de Técnico Superior del sistema educativo, a los efectos de acceso a estudios universitarios de Grado y, al reconocimiento de dichos estudios en el ámbito superior, siempre que el guardia civil, se encuentre en posesión de titulación que capacite para el curso de ciclos formativos de grado superior de formación profesional. Idéntico efecto surtirá para quienes ascendieran al empleo de cabo, desde el momento de dicho ascenso, siempre que se encuentren en posesión de la titulación mencionada.


Para llevar a cabo la indispensable adaptación de la enseñanza de formación en la Guardia Civil al Espacio Europeo de Educación Superior, además de las gestiones del ámbito universitario, se hace necesaria la aprobación en el ámbito de la Guardia Civil, de una norma similar a la “Resolución de 23 de mayo de 2013, conjunta de las Direcciones Generales de Formación Profesional y de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se adapta la organización y el funcionamiento de los centros docentes militares a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo.”



Reconocimiento entre estudios superiores


El Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior, ha establecido que, cuando al estar en posesión de un título de Técnico Superior, se cursen estudios de grado directamente vinculados, se podrán solicitar de la Universidad correspondiente, el reconocimiento de un número de créditos ECTS, que oscilará entre un mínimo de 30 y un máximo del sesenta por ciento del total de créditos del grado, hasta 144 créditos ECTS para un grado con una carga lectiva de 240.


Para poder llevar a cabo dicho reconocimiento, es necesario que el currículo de cada título de formación profesional de grado superior, sea informado por el Consejo de Universidades, a fin de hacer corresponder la carga de créditos ECTS del propio título, con el de cada Grado Universitario vinculado.


Asimismo, en base a la experiencia profesional acreditada, la Universidad, puede reconocer hasta el 15 por ciento de la carga lectiva de un grado universitario, es decir, hasta un total de 36 ECTS, para un grado con una carga lectiva de 240. Este concepto de reconocimiento ya es aplicado a los guardias civiles que cursan estudios, que podrían calificarse como relacionados, entre los que se encuentran, el Grado en Derecho y el Grado en Criminología.


Por todo lo anterior, es de vital importancia que, el diseño curricular de la titulación de Técnico Superior, tenga relación directa con el grado “ad hoc” necesario para la incorporación a la escala de oficiales, en su modalidad de promoción interna.


Cabe destacar que en este sentido, ya existe reconocimiento universitario para con la equivalencia a Técnico Superior obtenida tras la superación del plan de estudios para el acceso a la escala de suboficiales, el cual oscila entre los 96 y los 114 ECTS, en el Grado en Criminología.


Itinerario progresivo


El itinerario propuesto y progresivo, conllevaría la obtención de una equivalencia al título de “Técnico Superior” para los guardias civiles, de la escala de cabos y guardias, que se encontraran en posesión de titulación que capacite para el curso de ciclos formativos de grado superior de formación profesional, y hubieran superado seis años de servicios efectivos en su escala, así como para los cabos de dicha escala, con idéntica exigencia curricular, desde que obtuvieran dicho empleo.


Dicha cualificación profesional, podría ser denominada como anteriormente se exponía, SERVICIO DE SEGURIDAD RURAL Y URBANA I (SEAGC01_3)


La consecución del equivalente a título oficial de Técnico Superior de Formación Profesional, facilitaría enormemente a todos los guardias civiles, la consecución de reconocimiento de créditos en estudios universitarios, entre ellos, los anteriormente mencionados, como el Grado en Derecho o el Grado en Criminología. No cabe duda alguna, sobre beneficio intrínseco que el aumento de nivel académico en dichas disciplinas, conllevaría para el conjunto de la Guardia Civil.


Para completar un itinerario progresivo, el acceso a la escala de suboficiales, mediante la modalidad de promoción profesional-promoción interna (modalidad de la promoción interna vertical conforme al EBEP), ésta debería quedar reservada a los miembros de la escala de cabos y guardias, con más de tres años de servicios en su escala, que superaran el proceso selectivo, en el que se impartiera la cualificación profesional SERVICIO DE SEGURIDAD RURAL Y URBANA II. Debiendo cumplir asimismo, de forma previa a dicho proceso, una determinada exigencia idiomática en el proceso selectivo para el acceso a la escala de suboficiales, siendo la más concordante, la posesión de un nivel en idioma inglés similar al B1, según el Marco Común de Referencia para las Lenguas ySTANAG 6001 SLP2 (nivel Funcional), en vigor.


El ingreso en la Escala de Suboficiales supondría, además de obtener el empleo de Sargento, la obtención del título oficial de formación profesional de, “TÉCNICO SUPERIOR EN SEGURIDAD RURAL Y URBANA”.


El proceso educativo descrito anteriormente, debe abocar en la vía denominada promoción profesional-promoción interna, en un reconocimiento de créditos conforme a la legalidad educativa vigente. Todo él, es posible conforme a la acumulación de conocimientos y, al aprovechamiento de los recursos que posee el Instituto en materia de enseñanza, en especial, el Centro Universitario de la Guardia Civil y, el Departamento de Idiomas de la Escuela de Especialización.


En este proceso de promoción interna, se debería acreditar previamente a tomar parte en el proceso selectivo, un determinado nivel de competencia lingüística. Esta exigencia, se cumpliría mediante la posesión de las competencias propias de los niveles B1/B2, o equivalente, del Consejo de Europa según se define en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, con la posesión en vigor de, al menos, el nivel “Funcional” conforme a la STANAG 6001 o SLP2, de idioma inglés, en el que al menos dos de sus rasgos sean 2+ o superior. Siendo válida asimismo, para cumplir tal exigencia, la posesión de un nivel de competencias B1 en idioma inglés, nivel “Funcional” conforme a la STANAG 6001 o SLP2, siempre que el aspirante posea en vigor, otro nivel“Funcional” conforme a la STANAG 6001 o SLP2, de idioma inglés, en el que al menos dos de sus rasgos sean 2+ o superior, en cualquiera de los idiomas declarados de interés para la Guardia Civil.


En ese momento, el reconocimiento o acumulación de créditos en estudios superiores, podría cifrarse en un total de 162 ECTS, restando únicamente para el Grado Universitario directamente relacionado 78 créditos ECTS.

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Re: LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: lince » Mar 15 Abr, 2014 15:27

De esa propuesta entiendo que el ser suboficial y haber hecho un curso académico más la oposición, no sirve de nada, ya que la titulación obtenida es la misma que se le pretende dar a un cabo o un guardia con 6 años de antigüedad. No me parece justo.

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Re: LEY DE REGIMEN D PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

NotaAuthor: trancos74 » Mar 15 Abr, 2014 16:24

Opino igual que lince. Ademas me surgen ciertas de dudas:
. En el supuesto, que es mucho suponer por no decir de muy difícil consecución, de que tengan en consideración la propuesta de ases, Que tiempo académico seria necesario para obtener esos 78 creditos restantes para los 240? Un año academico, dos años?. En el sgundo caso (dos años):
. Se causa baja en el destino y se pasa destinado a Enseñanza, de momento no pueden existir comisiones superiores a un año, con lo cual se pierden retribuciones, se cobra como alumno (sueldo base y listo?) y nada de dietas, ya que no habria comisión, se estaría destinado.
Por supuesto que nadie crea que esto es una critica a Ases, todo lo contrario, vaya por delante mi agradecimiento a la asociación, ya que aunque me surgen dudas sobre su propuesta,no se les puede negar que lo intentan y miran por el beneficio de la escala. No es ninguna tonteria si finalmente consiguen que reconozcan 162 creditos, son casi tres cursos de los cuatro de un grado.
Si alguien tiene informacion que desconozca agradeceria la aportara.
Saludos y gracias de antemano.

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